Of. 902937 de 2022 DIAN
(Tributario) solicitarle respetuosamente se sirva dejar sin efectos la Circular Conjunta 3579 de octubre 23 de 2019 de la Superintendencia de Notariado y Registro y 000007 de noviembre 6 de 2019, de la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuesto y Adunas Nacionales, la cual fue expedida en vigencia de la Ley 1943 de 2018, norma que fue declarada inexequible por la Corte Constitucional, circular que básicamente interpreta lo relacionado con el Impuesto Nacional al Consumo de Bienes Inmuebles, haciendo referencia en tres párrafos al Parágrafo del Artículo 401 del Estatuto Tributario, dejando de lado el Artículo 398 de este estatuto, el cual se considera de carácter especial frente al mencionado Artículo 401