RESOLUCIÓN 65 DE 2021
(agosto 9)
Diario Oficial No. 51.761 de 9 de agosto de 2021
<Rige a partir del 31 de agosto de 2021>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se adopta la codificación de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN),
en uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en el numeral 1 del artículo 8o del 1742 del 22 de diciembre del 2020, y
CONSIDERANDO:
Que, para efectos de organización interna y estadística, se hace necesario codificar las dependencias del Nivel Central, Local y Delegado de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Que a las dependencias que conforman la estructura de la organización, les corresponde mantener actualizada la información requerida por los procesos y los servicios informáticos soporte de la gestión de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adóptense las siguientes definiciones para efectos de aplicación de la presente resolución:
1. Identificación de Entrada. Corresponde a un número único que permite iniciar la codificación de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
2. Lugar Administrativo. Corresponde a la ubicación administrativa de las dependencias que conforman cada uno de los niveles jerárquicos, en los cuales la DIAN desarrolla sus funciones.
3. Dependencia. Son las unidades que integran los lugares administrativos y que se van a codificar, así:
Nivel Central: Dirección General, Direcciones de Gestión, Oficinas, Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes, Subdirecciones, Órganos Asesores y de Coordinación de la Dirección General, Órgano Especial, Coordinaciones y Divisiones de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera.
Nivel Local: Despacho Direcciones Seccionales de Impuestos, Despacho Direcciones Seccionales de Aduanas, Despacho Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas, Divisiones, Grupos Internos de Trabajo.
Nivel Delegado: Despacho Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas y Grupos Internos de Trabajo.
4. Establecimiento. Corresponde al sitio físico de ubicación de una o varias dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en las cuales los empleados públicos desarrollan la gestión.
ARTÍCULO 2o. Conformar la codificación para la identificación de entrada, los lugares administrativos y dependencias de la siguiente manera:
1. Un (1) digito: para la identificación de entrada.
2. Dos (2) dígitos: Para los lugares administrativos y dependencias de la Entidad.
3. Tres (3) dígitos: Para la dependencia superior jerárquica de la dependencia que se está identificando.
4. Tres (3) dígitos: Para las Coordinaciones del Nivel Central, los Grupos Internos de Trabajo del Nivel Local y Delegado.
Para efectos de la identificación de las dependencias, se deben relacionar los cuatro (4) componentes descritos anteriormente, así:
Identificación de entrada | Lugar administrativo | Dependencia superior jerárquica | Dependencia |
Un dígito | Dos dígitos | Tres dígitos | Tres dígitos |
ARTÍCULO 3o. Codificar la identificación de entrada como único valor para toda la Entidad con el siguiente dígito:
Código | Identificación de Entrada |
1 | Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales |
ARTÍCULO 4o. Codificar los lugares administrativos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 00 y 99, así:
Código | Lugares Administrativos |
00 | Nivel Central |
01 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia |
02 | Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla |
03 | Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá – Aeropuerto El Dorado |
04 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga |
05 | Dirección Seccional de Impuestos de Cali |
06 | Dirección Seccional de Impuestos de Cartagena |
07 | Dirección Seccional de Impuestos de Cúcuta |
08 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot |
09 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ibagué |
10 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Manizales |
11 | Dirección Seccional de Impuestos de Medellín |
12 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Montería |
13 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Neiva |
14 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pasto |
15 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Palmira |
16 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira |
17 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Popayán |
18 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó |
19 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta |
20 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja |
21 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá |
22 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio |
23 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sincelejo |
24 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar |
25 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Riohacha |
26 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso |
27 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de San Andrés |
28 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Florencia |
29 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Barrancabermeja |
31 | Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes |
32 | Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá |
34 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca |
35 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Buenaventura |
37 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales |
38 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Leticia |
39 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Maicao |
40 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tumaco |
41 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Urabá |
42 | Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Carreño |
43 | Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Inírida |
44 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Yopal |
45 | Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas Mitú |
46 | Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Puerto Asís |
48 | Dirección Seccional de Aduanas de Cartagena |
78 | Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de San José de Guaviare |
86 | Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Pamplona |
87 | Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla |
88 | Dirección Seccional de Aduanas de Cali |
89 | Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta |
90 | Dirección Seccional de Aduanas de Medellín |
91 | Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá |
ARTÍCULO 5o. Codificar las dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 151 y 300, así:
Código | Dependencias |
201 | Despacho |
202 | Dirección General |
203 | Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero |
204 | Oficina de Control Interno |
208 | Dirección de Gestión Jurídica |
210 | Dirección de Gestión de Aduanas |
211 | Dirección de Gestión de Fiscalización |
212 | Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera |
250 | Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero Delegado |
252 | Oficina de Seguridad de la Información |
253 | Oficina de Comunicaciones Institucionales |
254 | Oficina de Tributación Internacional |
151 | Dirección de Gestión Corporativa |
152 | Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica |
153 | Dirección de Gestión de Impuestos |
154 | Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología |
155 | Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes |
156 | Subdirección de Recaudo |
157 | Subdirección de Factura Electrónica y Soluciones Operativas |
158 | Subdirección de Cobranzas y Control Extensivo |
159 | Subdirección para el Impulso de la Formalización Tributaria |
160 | Subdirección de Administración del Registro Único Tributario |
161 | Subdirección de Devoluciones |
162 | Subdirección de Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios |
163 | Subdirección de Operación Aduanera |
164 | Subdirección de Servicios y Facilitación al Comercio Exterior |
165 | Subdirección Técnica Aduanera |
166 | Subdirección de Registro y Control Aduanero |
167 | Subdirección del Operador Económico Autorizado |
168 | Subdirección del Laboratorio Aduanero |
169 | Subdirección de Fiscalización Tributaria |
170 | Subdirección de Fiscalización Aduanera |
171 | Subdirección de Fiscalización Cambiaria |
172 | Subdirección de Fiscalización Internacional |
173 | Subdirección de Apoyo en la Lucha contra el Delito Aduanero y Fiscal |
174 | Subdirección de Información y Analítica |
175 | Subdirección de Análisis de Riesgo y Programas |
176 | Subdirección de Estudios Económicos |
177 | Subdirección de Planeación y Cumplimiento |
178 | Subdirección de Procesos |
179 | Subdirección del Centro de Trazabilidad Aduanera |
180 | Subdirección de Innovación y Proyectos |
181 | Subdirección de Soluciones y Desarrollo |
182 | Subdirección de Procesamiento de Datos |
183 | Subdirección de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones |
184 | Subdirección Financiera |
185 | Subdirección de Gestión del Empleo Público |
186 | Subdirección de Desarrollo del Talento Humano |
187 | Subdirección Escuela de Impuestos y Aduanas |
188 | Subdirección de Asuntos Disciplinarios |
189 | Subdirección de Compras y Contratos |
190 | Subdirección Administrativa |
191 | Subdirección Logística |
192 | Subdirección de Normativa y Doctrina |
193 | Subdirección de Recursos Jurídicos |
194 | Subdirección de Representación Externa |
195 | Subdirección de Asuntos Penales |
196 | Subdirección Operativa Policial |
197 | Subdirección de Gestión e Investigación |
198 | Subdirección Operativa de Análisis y Sectores Estratégicos |
199 | Subdirección Operativa de Servicio, Recaudo, Cobro y Devoluciones |
200 | Subdirección Operativa de Fiscalización y Liquidación |
255 | Subdirección Operativa de Fiscalización y Liquidación Internacional |
256 | Subdirección Operativa Jurídica |
257 | División Administrativa y Financiera |
258 | División de Talento Humano |
259 | División Jurídica |
260 | División de Servicio al Ciudadano |
261 | División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Extensiva |
262 | División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Intensiva |
263 | División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Intensiva para personas naturales y asimiladas, y residual |
264 | División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Intensiva para personas jurídicas y asimilada |
Código | Dependencias |
265 | División de Fiscalización y Liquidación Aduanera |
266 | División de Fiscalización y Liquidación Cambiaria |
267 | División de Fiscalización y Liquidación Aduanera de Sanciones y Definición de Situación Jurídica |
268 | División de Fiscalización y Liquidación Determinación de Tributos y Gravámenes Aduaneros |
269 | División de Fiscalización y Liquidación Aduanera y Cambiaria |
270 | División de Fiscalización y Liquidación Tributaria, Aduanera y Cambiaria |
271 | División de Fiscalización y Liquidación Tributaria |
272 | División de Recaudo y Cobranzas |
273 | División de Recaudo |
274 | División de Cobranzas |
275 | División de la Operación Aduanera |
276 | División de Control de Carga |
277 | División de Viajeros |
278 | División de Control Cambiario |
279 | División de Control Operativo |
PARÁGRAFO. Para efectos del diligenciamiento de los formularios administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y el Registro Único Tributario (RUT), se deberá incluir como código del lugar administrativo de la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes el número 31, tal y como se señala en el artículo 4 de la presente resolución.
ARTÍCULO 6o. Codificar las dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 301 y 650, así:
Código | Dependencias |
301 | Coordinación Administrativa y de Gestión de la Defensoría |
381 | Coordinación de Auditoría Integral |
383 | Coordinación de Control a Entidades Recaudadoras |
384 | Coordinación de Contabilidad de la Función Recaudadora |
385 | Coordinación de Administración de Aplicativos de Impuestos |
390 | Coordinación de Canales de Servicio y Experiencia del Usuario |
391 | Coordinación de Administración del Sistema de PQSRD |
392 | Coordinación de Cultura de la Contribución |
335 | Coordinación de Cobranzas |
395 | Coordinación Control Extensivo de Obligaciones |
396 | Coordinación de Regímenes Aduaneros |
398 | Coordinación de Clasificación Arancelaria |
399 | Coordinación de Valoración Aduanera |
400 | Coordinación del Servicio de Origen |
401 | Coordinación de Sustanciación |
402 | Coordinación de Secretaría y Servicio al Usuario Aduanero |
409 | Coordinación de Pensamiento Estratégico de Fiscalización Tributaria |
410 | Coordinación de Sistemas de Información y Procedimiento de Fiscalización Tributaria |
411 | Coordinación de Supervisión, Control y Seguimiento de Fiscalización Tributaria |
413 | Coordinación de Verificación de Origen |
416 | Coordinación de Denuncias de Fiscalización |
418 | Coordinación Integral de Lucha contra el Contrabando, el Lavado de Activos y la Evasión Fiscal |
419 | Coordinación de Infraestructura |
420 | Coordinación de Presupuesto |
421 | Coordinación de Análisis y Gestión Contable |
422 | Coordinación de Registro y Flujo de Caja |
423 | Coordinación de Sentencias y Devoluciones |
424 | Coordinación de Selección y Provisión del Empleo |
425 | Coordinación de Administración de Planta de Personal |
426 | Coordinación de Recobro y Seguimiento a las Incapacidades |
427 | Coordinación Historias Laborales |
430 | Coordinación de Bienestar y Riesgos Laborales |
435 | Coordinación de Instrucción |
436 | Coordinación de Decisiones |
437 | Coordinación de Enlace Procesal |
441 | Coordinación de Servicios Generales |
442 | Coordinación de Correspondencia y Notificaciones |
443 | Coordinación de Documentación |
444 | Coordinación de Optimización de la Operación Logística |
445 | Coordinación de Gestión Social y Comercialización |
446 | Coordinación de Chatarrización y Destrucciones |
447 | Coordinación de Programas y Campañas de Control |
448 | Coordinación de Riesgos de Cumplimiento Tributario, Aduanero y Cambiario |
449 | Coordinación de Estadística Tributaria y de Comercio Exterior <Código adicionado por el artículo 2 de la Resolución 100 de 2023> |
451 | Coordinación de Procesos y Riesgos Operacionales |
453 | <Dependencia modificada por el artículo 2 de la Resolución 1238 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> Coordinación de Enlace Nacional e Internacional y para la Innovación y Trasformación Digital |
454 | Coordinación Centro de Gestión de Proyectos de Innovación y Tecnología (cenIT) |
456 | Coordinación de Análisis Técnico de Inversión Tecnológica |
457 | Coordinación de Servicios y Administración Técnica |
459 | Coordinación de Soporte Técnico al Usuario |
467 | Coordinación de Relatoría |
Código | Dependencias |
468 | Coordinación de Secretaría de Recursos Jurídicos |
471 | Coordinación de Secretaría de Representación Externa |
472 | Coordinación de Conciliación y Defensa Judicial |
473 | Coordinación de Defensa Jurídica |
480 | Coordinación de Servicio al Ciudadano de Grandes Contribuyentes <Adicionado por el artículo 4 de la Resolución 107 de 2021> |
481 | Coordinación de Recaudo y Cobro <Adicionado por el artículo 4 de la Resolución 107 de 2021> |
482 | Coordinación de Devoluciones <Adicionado por el artículo 4 de la Resolución 107 de 2021> |
483 | Coordinación de Secretaría de Fiscalización y Liquidación Tributaria <Adicionado por el artículo 4 de la Resolución 107 de 2021> |
484 | Coordinación de Fiscalización y Liquidación Tributaria Extensiva <Adicionado por el artículo 4 de la Resolución 107 de 2021> |
485 | Coordinación de Fiscalización y Liquidación Tributaria Intensiva del Sector Servicios y Operaciones Financieras <Adicionado por el artículo 4 de la Resolución 107 de 2021> |
486 | Coordinación de Fiscalización y Liquidación Tributaria Intensiva de Devoluciones <Adicionado por el artículo 4 de la Resolución 107 de 2021> |
487 | Coordinación de Régimen Sancionatorio Tributario <Adicionado por el artículo 4 de la Resolución 107 de 2021> |
488 | Coordinación de Fiscalización y Liquidación Tributaria Intensiva Otros Sectores de la Economía <Adicionado por el artículo 4 de la Resolución 107 de 2021> |
489 | Coordinación de Fiscalización y Liquidación Intensiva Tributaria e Internacional <Adicionado por el artículo 4 de la Resolución 107 de 2021> |
490 | Coordinación de Secretaría Jurídica Grandes Contribuyentes <Adicionado por el artículo 4 de la Resolución 107 de 2021> |
491 | Coordinación de Representación Externa <Adicionado por el artículo 4 de la Resolución 107 de 2021> |
492 | Grupo Interno de Trabajo de Talento Humano |
493 | Grupo Interno de Trabajo de Gestión Jurídica |
494 | Grupo Interno de Trabajo de Formalización Tributaria |
495 | Grupo Interno de Trabajo Normalización de Saldos |
496 | Grupo Interno de Trabajo de Innovación y Tecnología |
497 | Grupo Interno de Trabajo de Documentación |
498 | Grupo Interno de Trabajo de Archivo |
499 | Grupo Interno de Trabajo de Correspondencia y Notificaciones |
500 | Grupo Interno de Trabajo de Operación Logística |
501 | Grupo Interno de Trabajo de Vía Gubernativa |
502 | Grupo Interno de Trabajo de Representación Externa |
503 | Grupo Interno de Trabajo de Secretaría Jurídica |
504 | Grupo Interno de Trabajo de Unidad Penal |
505 | Grupo Interno de Trabajo de Gestión, Control y Servicio |
507 | Grupo Interno de Trabajo de Peticiones, Quejas, Sugerencias, Reclamos y Denuncias - PQSRD |
508 | Grupo Interno de Trabajo de Secretaría Extensiva |
509 | Grupo Interno de Trabajo de Obligaciones Formales |
510 | Grupo Interno de Trabajo Operativo |
511 | Grupo Interno de Trabajo de Liquidaciones Provisionales |
512 | Grupo Interno de Trabajo Unidad de Reacción Inmediata e Inteligencia Tributaria (URIIT) |
513 | Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Auditoría Tributaria Extensiva |
514 | Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Tributaria Extensiva |
515 | Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Auditoría Tributaria Intensiva |
516 | Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Tributaria Intensiva |
517 | Grupo Interno de Trabajo de Fiscalización Internacional |
518 | Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Personas Jurídicas y Asimiladas |
519 | Grupo Interno de Trabajo de Entidades Sin Ánimo de Lucro -ESAL |
520 | Grupo Interno de Trabajo de Control a Márgenes de Tributación y Créditos Fiscales |
521 | Grupo Interno de Trabajo de Control al Fraude Fiscal |
522 | Grupo Interno de Trabajo de Programas y Acciones de Control de Personas Jurídicas y Asimiladas |
523 | Grupo Interno de Trabajo de Investigaciones a las Devoluciones de Personas Jurídicas y Asimiladas |
524 | Grupo Interno de Trabajo de Denuncias Personas Jurídicas y Asimiladas |
525 | Grupo Interno de Trabajo de Secretaría Personas Naturales, Asimiladas y Residual |
526 | Grupo Interno de Trabajo de Investigaciones a las Devoluciones Personas Naturales, Asimiladas y Residual |
527 | Grupo Interno de Trabajo de Programas, Acciones de Control y Denuncias para Personas Naturales, Asimiladas y Residual |
528 | Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Fiscalización y Liquidación Aduanera |
529 | Grupo Interno de Trabajo de Fiscalización Aduanera |
530 | Grupo Interno de Trabajo de Liquidación Aduanera |
531 | Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Control Aduanero |
532 | Grupo Interno de Trabajo de Secretaría Cambiaria |
533 | Grupo Interno de Trabajo Control Operativo Cambiario |
534 | Grupo Interno de Trabajo Otras Infracciones Cambiarias |
535 | Grupo Interno de Trabajo Profesionales de Compra y Venta de Divisas |
536 | Grupo Interno de Trabajo Determinación e Imposición de Sanciones Cambiarias |
537 | Grupo Interno de Trabajo Secretaría de Sanciones y Definición de Situación Jurídica |
538 | Grupo Interno de Trabajo de Sanciones |
539 | Grupo Interno de Trabajo de Decisión de fondo de Sanciones |
540 | Grupo Interno de Trabajo de Decomisos y Automotores |
541 | Grupo Interno de Trabajo de Determinación y Liquidaciones Oficiales Aduaneras |
542 | Grupo Interno de Trabajo de Decisión de Fondo de Determinación y Liquidaciones Oficiales Aduaneras |
543 | Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Determinación de Tributos y Gravámenes Aduaneros |
544 | Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Control Aduaneras y Cambiarias |
545 | Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Tributaria I |
546 | Grupo Interno de Trabajo de Importaciones |
547 | Grupo Interno de Trabajo de Exportaciones |
548 | Grupo Interno de Trabajo de Control Carga y Tránsitos |
549 | Grupo Interno de Trabajo de Zona Franca |
550 | Grupo Interno de Trabajo de Control Garantías |
551 | Grupo Interno de Trabajo de Registro y Control Usuarios Aduaneros |
552 | Grupo Interno de Trabajo de Viajeros |
553 | Grupo Interno de Trabajo de Tráfico Postal y Envíos Urgentes |
554 | Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Recaudo |
555 | Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Cobranzas |
556 | Grupo Interno de Trabajo de Devoluciones |
557 | Grupo Interno de Trabajo de Contabilidad y Control de Obligaciones |
558 | Grupo Interno de Trabajo Control de Obligaciones |
Código | Dependencias |
559 | Grupo Interno de Trabajo Contabilidad |
561 | Grupo Interno de Trabajo Administración de Cobro |
562 | Grupo Interno de Trabajo Administración Cobro Menor Cuantía |
563 | Grupo Interno de Trabajo de Cobro Coactivo y Ejecución de Bienes |
564 | Grupo Interno de Trabajo Representación Externa de Cobranzas |
565 | Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Cobranzas |
566 | Grupo Interno de Trabajo Devoluciones Personas Naturales |
567 | Grupo Interno de Trabajo Devoluciones Personas Jurídicas |
573 | Grupo Interno de Trabajo Secretaría de Recaudo |
576 | Grupo Interno de Trabajo de Control para el Cobro |
578 | Grupo Interno de Trabajo de Facilidades de Pago |
579 | Grupo Interno de Trabajo de Inicio de Cobro Coactivo |
580 | Grupo Interno de Trabajo de Ejecución de Bienes |
601 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Bima |
602 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Bosa |
605 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Suba |
606 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Supercade CAD – Carrera 30 |
607 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Avenida 68 |
608 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Calle 75 |
609 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Cali Centro |
610 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Barranquilla |
611 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Sede Campestre |
612 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Sede Antigua Aduana |
613 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Manizales |
614 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Villavicencio |
615 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Buga |
616 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Sede Alpujarra |
617 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Centro |
618 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Cali Sur |
619 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Ocaña |
620 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Pitalito |
621 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Magangué |
622 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - La Dorada |
623 | Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano - Bucaramanga Centro |
ARTÍCULO 7o. Codificar los Establecimientos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 1001 y 9999.
PARÁGRAFO. El listado de codificación de los establecimientos debe ser expedido y actualizado por la Coordinación de Infraestructura de la Subdirección Administrativa y hace parte integral de la presente resolución. El mencionado listado debe ser administrado en versiones según sea necesaria su actualización, considerando el orden y preceptos establecidos en la presente resolución.
ARTÍCULO 8o. La codificación que se adopte para nuevos lugares administrativos y dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se hará mediante resolución del Director General, considerando el orden y preceptos establecidos en la presente resolución.
ARTÍCULO 9o. Las dependencias de la Entidad deben efectuar los cambios internos en los sistemas de información que sean necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta resolución.
ARTÍCULO 10. PUBLICACIÓN. Publicar la presente resolución en el Diario oficial de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 15 de la Ley 2080 de 2021.
ARTÍCULO 11. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir del décimo quinto día hábil siguiente a su publicación en el Diario Oficial, fecha en la cual se aplicará la codificación incluida en la presente Resolución y se entenderá que para todos los efectos legales esta es la fecha de entrada en vigencia de la estructura de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales establecida en el Decreto número 1742 de 2020 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Así mismo, las codificaciones utilizadas en las resoluciones anteriores a la entrada en vigencia de la presente se entenderán inactivadas.
PARÁGRAFO TRANSITORIO. Hasta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 9 de agosto de 2021.
El Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Lisandro Manuel Junco Riveira.