RESOLUCIÓN 4863 DE 2006
(mayo 16)
Diario Oficial No. 46.273 de 19 de mayo de 2006
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 3084 de 1991.
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en ejercicio de las facultades legales conferidas en el literal i) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adiciónase la Resolución 3084 de 1991, con el siguiente artículo:
“Artículo 19-1. Ingreso de mercancías al país. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 2148 de 1991, las franquicias se aplicarán a los funcionarios colombianos cuando sus mercancías ingresen al país dentro de los seis (6) meses siguientes a la cesación de sus funciones en el exterior.
En casos debidamente justificados, relacionados con demoras en la expedición de certificaciones por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, la autoridad aduanera de la jurisdicción correspondiente, podrá permitir el ingreso de la mercancía en un plazo superior al establecido en el inciso anterior, siempre que el mismo no exceda de tres (3) meses.”
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 16 de mayo de 2006.
El Director General,
OSCAR FRANCO CHARRY.