RESOLUCIÓN 000206 DE 2025
(abril 21)
Diario Oficial No. 53.096 de 22 de abril de 2025
Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 22 de abril de 2025
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se adiciona y modifica parcialmente la Resolución número 000084 del 27 de agosto de 2021, "por la cual se delegan funciones en materia de administración de talento humano en la Unidad Administrativa Especial Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales".
EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, el artículo 80 del Decreto número 1742 de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Decreto Ley 1071 de 1999 la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden nacional de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y con jurisdicción en todo el territorio nacional.
Que mediante el Decreto número 1742 de 2020 se modificó la estructura de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y de conformidad con lo previsto en su artículo 4o, la Entidad desarrolla sus funciones en tres niveles administrativos: Central, Local y Delegado, entre los que, teniendo en cuenta la estructura de los procesos, los planes, los programas y las necesidades de la entidad, se distribuyen los empleos que conforman la planta de personal global y flexible.
Que de conformidad con el artículo 63 del Decreto Ley 927 de 2023 el Director General o su delegado, tiene la facultad para decidir las diferentes situaciones administrativas de los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Que el artículo 2.2.5.4.2 del Decreto número 1083 de 2015 define el traslado como un movimiento de personal que se produce cuando i) se provee un cargo en vacancia definitiva, con un empleado en servicio activo, con funciones afines al que desempeña, de la misma categoría y para el cual se exijan requisitos mínimos similares o ii) cuando la administración hace permutas entre empleados que desempeñen cargos con funciones afines o complementarias, que tengan la misma categoría y para los cuales se exijan requisitos mínimos similares para su desempeño.
Que los artículos 7o, 8o y 9o del Decreto Ley 0927 de 2023 establecen que la DIAN cuenta con un sistema de planta global y flexible, cuyos empleos serán ubicados y reubicados dependiendo de las necesidades de los procesos y del servicio.
Que mediante el numeral 7 del artículo 1o de la Resolución número 000084 del 27 de agosto de 2021, se delegó en el empleo de Director de Gestión Corporativa la siguiente función: "La ubicación de los empleados públicos entre las diferentes dependencias del Nivel Central, entre el Nivel Central y las Direcciones Seccionales y entre Direcciones Seccionales."
Que el numeral 1 del artículo 2.2.5.1.12 del Decreto número 1083 de 2015, establece que la autoridad nominadora deberá derogar el nombramiento, entre otras causas, cuando la persona designada no manifiesta la aceptación del nombramiento, no acepta, o no toma posesión del empleo dentro de los plazos señalados en la Constitución o la ley.
Que los artículos 100 y siguientes del Decreto Ley 927 de 2023, establecen en cabeza de los empleados públicos de la DIAN el derecho a obtener licencia ordinaria no remunerada para separarse transitoriamente del ejercicio del cargo por solicitud propia, sin afectación de las necesidades del servicio.
Que los artículos 70 y siguientes del Decreto Ley 927 de 2023 prevén la situación administrativa denominada "Asignación de Jefatura" que constituye un instrumento para asignar transitoriamente funciones de una jefatura a un empleado que pertenezca al Sistema Específico de Carrera que rige en la DIAN.
Que el numeral 8 del artículo 3o de la Resolución número 000084 de 2021 delegó en los Directores Seccionales Locales y en los Directores Seccionales Delegados la función de "asignación de funciones en caso de vacancia temporal o absoluta de alguna Jefatura de su respectiva Dirección Seccional".
Que con el objetivo de garantizar el interés público y los principios que deben guiar todas las actuaciones administrativas, este Despacho ha decidido centralizar la asignación de las Jefaturas de División y de Grupo Interno de Trabajo del Nivel Local y Delegado de la Administración, cuando se encuentren en vacancia absoluta o en vacancia temporal igual o superior a seis (6) días hábiles, delegando esta responsabilidad en el Director de Gestión Corporativa.
Que la facultad de dar posesión a los servidores asignados en las Jefaturas de División y de Grupo Interno de Trabajo del Nivel Local y Delegado, se mantendrá por razones de jurisdicción, en los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados, conforme lo establecido en el numeral 5 del artículo 3o de la Resolución número 000084 de 2021.
Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, establece la posibilidad para las autoridades administrativas de delegar parcialmente las funciones a su cargo en otros empleados de los niveles directivo y asesor.
Que el artículo 80 del Decreto número 1742 de 2020, dispone que las funciones del Director General podrán ser delegadas en cualquiera de los Directores de Gestión y/o en el empleado público de la DIAN que sea designado mediante resolución del Director General, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales.
Que en aras de hacer más ágiles, eficientes y eficaces algunos procesos de la gestión del talento humano, así como para optimizar el control y consistencia de los objetivos de otros procesos de la Entidad, resulta procedente delegar funciones en servidores públicos del nivel directivo y modificar algunas previamente delegadas.
En mérito de lo expuesto, este Despacho;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el numeral 7 del artículo 1o de la Resolución número 000084 del 27 de agosto de 2021, el cual quedará así:
"7. El cambio de ubicación y/o reubicación de los empleos de la planta de personal entre las diferentes dependencias del Nivel Central, entre el Nivel Central y las Direcciones Seccionales y entre Direcciones Seccionales, así como el traslado y permuta de empleados públicos entre las dependencias indicadas anteriormente."
ARTÍCULO 2o. Adicionar el artículo 1o de la Resolución número 000084 del 27 de agosto de 2021, con la inclusión del numeral 8, el cual quedará así:
"8. Asignar las funciones de jefatura de las Divisiones y Grupos Internos de Trabajo del Nivel Local y Delegado, en caso de vacancia absoluta, así como por vacancia temporal igual o superior a seis (6) días hábiles, derivada de cualquier situación administrativa.
La posesión de los servidores que asumen las jefaturas, sea por asignación o designación, se efectuará por parte de los Directores Seccionales y los Directores Seccionales Delegados".
ARTÍCULO 3o. Adicionar al artículo 2o de la Resolución número 000084 del 27 de agosto de 2021, con la inclusión de los numerales 19 y 20, los cuales quedarán así:
"19. Derogar los nombramientos en periodo de prueba, en provisionalidad y en empleo temporal, cuando se acrediten los supuestos de hecho y de derecho definidos por el numeral 1 del artículo 2.2.5.1.12 del Decreto número 1083 de 2015 o aquel que haga sus veces.
20. Otorgar licencia ordinaria no remunerada a los empleados públicos del nivel central distintos de aquellos relacionados en el numeral 3 del artículo 1o de la Resolución número 000084 del 27 de agosto de 2021, frente a los cuales continuará la delegación otorgada al Director de Gestión Corporativa".
ARTÍCULO 4o. Modificar, el numeral 8 del artículo 3o de la Resolución número 000084 del 27 de agosto de 2021, el cual quedará así:
"8. La asignación de funciones en caso de vacancia temporal igual o inferior a cinco (5) días hábiles, de alguna Jefatura de su respectiva Dirección Seccional".
ARTÍCULO 5o. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN. La modificación de las delegaciones prevista en los artículos 2o y 4o de la presente resolución, serán aplicables a partir del 30 de abril de 2025. Entre tanto, dichos asuntos se regularán por las delegaciones existentes a la entrada en vigencia de la presente resolución.
PARÁGRAFO: De acuerdo con lo establecido en los artículos 2o y 4o de esta resolución, a partir del 30 de abril de 2025, los Directores Seccionales y los Directores Seccionales Delegados perderán la competencia para asignar a los servidores de su respectiva Dirección Seccional en jefaturas en vacancia absoluta y en vacancia temporal igual o superior a seis (6) días hábiles a partir del 30 de abril de 2025. Esta función, en los términos descritos será de exclusiva responsabilidad del Director de Gestión Corporativa, tal como se indica en el artículo 2o de esta disposición.
Se precisa que los Directores Seccionales y Seccionales Delegados deberán dar posesión, previa verificación de los requisitos de ley, a partir del día de inicio de la asignación según sea precisado en el acto administrativo respectivo.
ARTÍCULO 6o. Ordenar a quienes desempeñen los empleos de Director de Gestión Corporativa y de Subdirector de Gestión del Empleo Público, rendir un informe ejecutivo anual sobre las actuaciones que desarrollen en virtud de la delegación que por este acto se otorga. Tal informe deberá ser presentado ante este Despacho a más tardar el 31 de enero del año siguiente a la vigencia que se reporta.
ARTÍCULO 7o. Comunicar a través de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa, el contenido de la presente resolución mediante los correos institucionales a la Dirección de Gestión Corporativa y a la Subdirección de Gestión del Empleo Público.
ARTÍCULO 8o. PUBLICACIÓN. De conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, publicar en el Diario Oficial el contenido de la presente resolución.
ARTÍCULO 9o. DIVULGACIÓN. Dar a conocer los servidores públicos de la DIAN a través de su publicación en el Portal Institucional DIANNET y demás medios institucionales internos.
ARTÍCULO 10. La presente resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de abril de 2025.
El Director General (e),
Luis Eduardo Llinás Chica