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RESOLUCIÓN 010112 DE 2025

(septiembre 4)

Diario Oficial No. 53.246 de 17 de septiembre de 2025

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se derogan los artículos 2o y 4o de la Resolución número 000206 del 21 de abril de 2025, y se modifica el numeral 8 del artículo 3o de la Resolución número 00084 de 2021.

EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, el artículo 80 del Decreto número 1742 de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 establece la posibilidad para las autoridades administrativas de delegar parcialmente las funciones a su cargo en otros empleados de los niveles directivo y asesor.

Que de conformidad con el Decreto Ley 1071 de 1999 la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden nacional de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y con jurisdicción en todo el territorio nacional.

Que mediante el Decreto Ley 1742 de 2020 se modificó la estructura de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y de conformidad con lo previsto en su artículo 4o, la Entidad desarrolla sus funciones en tres niveles administrativos: Central, Local y Delegado, entre los que, teniendo en cuenta la estructura de los procesos, los planes, los programas y las necesidades de la entidad, se distribuyen los empleos que conforman la planta de global y flexible.

Que el artículo 80 del Decreto número 1742 de 2020 dispone que las funciones del Director General podrán ser delegadas en cualquiera de los directores de Gestión y/o en el empleado público de la DIAN que sea designado mediante resolución del Director General, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales.

Que de conformidad con el artículo 63 del Decreto Ley 927 de 2023 el director general o su delegado, tiene la facultad para decidir sobre las diferentes situaciones administrativas de los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que los artículos 70 y siguientes del Decreto Ley 927 de 2023 prevén la situación administrativa denominada “Asignación de Jefatura” que constituye un instrumento para asignar transitoriamente funciones de una jefatura a un empleado que pertenezca al Sistema Específico de Carrera que rige en la DIAN.

Que mediante los artículos 2o y 4o de la Resolución número 000206 del 21 de abril de 2025 se adicionó y modificó la delegación de la función correspondiente a la asignación de las jefaturas de las Divisiones y Grupos Internos de Trabajo con las que cuenta cada Dirección Seccional, en procura de generar unificación de orientaciones desde el Nivel Central en cuanto a las mismas.

Que, dadas las diferentes situaciones administrativas que pueden dar lugar a realizar asignación de las Jefaturas de División y de Grupo Interno de Trabajo, se considera necesario, ante la inmediatez de algunas situaciones que se puedan presentar en relación con el manejo de sus procesos internos de las Direcciones Seccionales, en aras de los principios de eficacia, eficiencia y economía, delegar en los niveles Local y Delegado el ejercicio de la función.

En mérito de lo expuesto, este Despacho;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Derogar los artículos 2o y el 4o de la Resolución número 000206 del 21 de abril de 2025.

ARTÍCULO 2o. Modificar el numeral 8 artículo 3o de la Resolución número 000084 del 27 de agosto de 2021, el cual quedará así:

“8. Asignar las funciones de jefatura de las Divisiones y Grupos Internos de Trabajo de su Dirección Seccional.

La posesión de los servidores que asumen las jefaturas sea por asignación o designación, se efectuará por parte del respectivo Director Seccional o Director Seccional Delegado.

Para este proceso, se deberá dejar evidencia de la realización de las siguientes actividades, antes de la expedición del acto administrativo:

a) Identificar una terna de candidatos que puedan ocupar la jefatura. En el evento excepcional que no pueda conformarse la terna, se dejará la constancia de este hecho.

b) Verificar el cumplimiento de los requisitos de formación y experiencia aplicables a la jefatura, así como los antecedentes disciplinarios, fiscales y penales de los candidatos, lo cual deberá ser certificado por el Director Seccional y/o Jefe de División o de Grupo de Talento Humano de la respectiva Seccional.

Las asignaciones sólo podrán ser generadas por el término máximo de un (1) año y podrán ser prorrogadas por seis (6) meses más, con la debida justificación, de conformidad con el artículo 71 del Decreto Ley 927 de 2023. Igualmente, la identificación de los candidatos y la asignación deberán promover la rotación de los roles de jefatura entre los distintos servidores que cumplan los requisitos para su desempeño”.

ARTÍCULO 3o. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN. Las asignaciones en vacancias definitivas de jefaturas de división y grupo interno de trabajo de los niveles Local y Delegado, proferidas en vigencia de la Resolución número 000206 de 2025, por parte de la Dirección de Gestión Corporativa, mantendrán sus efectos por el término definido en el respectivo acto administrativo de asignación. Para su terminación anticipada, cuando ésta proceda, los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados deberán contar con el visto bueno de la Dirección de Gestión Corporativa.

PARÁGRAFO. Cualquier terminación de las asignaciones antes referidas, que no cuenten con el visto bueno del Director de Gestión Corporativa, no surtirán efecto alguno.

ARTÍCULO 4o. Los demás aspectos contenidos en la Resolución número 000206 del 21 de abril de 2025, continúan vigentes.

ARTÍCULO 5o. Comunicar a través de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa, el contenido de la presente resolución a los correos institucionales a la Dirección de Gestión Corporativa y a la Subdirección de Gestión del Empleo Público.

ARTÍCULO 6o. PUBLICACIÓN. De conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, publicar en el Diario Oficial el contenido de la presente resolución.

ARTÍCULO 7o. DIVULGACIÓN. Dar a conocer a los servidores públicos de la DIAN a través de su publicación en el Portal Institucional DIANNET y demás medios institucionales internos.

ARTÍCULO 8o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir del 10 de septiembre de 2025 y deroga los artículos 2o y 4o de la Resolución número 00206 de 2025 y demás normas que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de septiembre de 2025.

El Director General (e),

Luis Eduardo Llinás Chica.

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