RESOLUCIÓN 51 DE 2020
(mayo 21)
Diario Oficial No. 51.328 de 28 de mayo de 2020
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se modifica el instructivo del Formulario número 490 Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el año 2020.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 12 del artículo 6o del Decreto 4048 de 2008 y los artículos 578 y 579-2 del Estatuto Tributario, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del artículo 3o del Decreto 4048 de 2008, asignó a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la administración de los impuestos de renta y complementarios, de timbre nacional y sobre las ventas, los derechos de aduana y comercio exterior, así como los demás impuestos internos del orden nacional cuya competencia no esté asignada a otras entidades del Estado, bien se trate de impuestos internos o al comercio exterior, en lo correspondiente a su recaudación, fiscalización, control, represión, penalización, liquidación, discusión, cobro, devolución y sanción.
Que el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró que el brote de COVID-19 es una pandemia, y que el país viene siendo afectado con el incremento de casos de la enfermedad denominada COVID-19.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, «Por la cual se declara la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus», en la que se establecieron disposiciones destinadas a la prevención y contención del riesgo epidemiológico asociado al nuevo coronavirus COVID-19.
Que mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional por el término de treinta (30) días, con el fin de conjurar la grave calamidad pública que afecta al país por causa del nuevo coronavirus COVID-19.
Que mediante el Decreto Legislativo 568 del 15 de abril del 2020 se creó el impuesto solidario por el COVID-19, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica dispuesto en el Decreto Legislativo 417 de 2020, el cual será administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas DIAN.
Que mediante resolución 000047 del 14 de mayo del 2020, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), prescribió para la presentación de la “Declaración de Retención en la Fuente” del año gravable 2020 y siguientes, el Formulario número 350, junto con sus anexos, incluyendo en dicho formulario las casillas: “Casilla 84 - Retenciones impuesto solidario por el COVID-19 y Casilla 85 aporte solidario voluntario por el COVID-19”.
Que de acuerdo a lo indicado en el considerando anterior, se requiere modificar el instructivo del formulario No 490 Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales, prescrito mediante Resolución 0004 del 15 de enero de 2019, y modificado mediante Resolución 000055 de 9 de septiembre de 2019, adicionando los nuevos conceptos necesarios, para el cumplimiento del pago de las obligaciones tributarias a cargo de los agentes de retención en la fuente a título del impuesto solidario por el COVID-19 y del aporte solidario voluntario por el COVID-19, por los meses de mayo, junio y julio del año gravable 2020,
Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8o del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución será publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Consultar modificaciones a este artículo directamente en la Resolución 4 de 2019> Modificar el instructivo del formulario número 490 Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales, prescrito mediante Resolución 000055 del 9 de septiembre de 2019, adicionando los conceptos de pago que se relacionan a continuación:
Modelo Formulario | Concepto de Pago | Nombre del Concepto | Periodo |
490 | 69 | Retención Impuesto Solidario por COVID-19 | 05. May |
06. Jun | |||
07. Jul | |||
70 | Retención Aporte Solidario Voluntario por COVID-19 | 05. May | |
6. Jun | |||
07. Jul |
ARTÍCULO 2o. Publicar la presente resolución de conformidad con el artículo 65 del Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de mayo de 2020.
El Director General,
José Andrés Romero Tarazona.