OFICIO 901760 DE 2022
(marzo 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Unidad Informática de Doctrina
| Descriptores | VIGENCIA DE NORMAS |
| Fuentes Formales | DECRETO 690 DE 2020 LEY 2010 DE 2019 ART 138 LEY 1955 DE 2019 ART 244 LEY 0788 DE 2002 ART 96 |
Extracto
De conformidad con el artículo 55 del Decreto 1742 de 2020, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, es por esta razón que la petición radicado la respuesta se efectuará sobre los temas de competencia de esta entidad.
Mediante oficio No. 2-2021-063618 del 2/12/21 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público traslado radicado 1-2021-104118 indicando lo siguiente:
“Por lo anterior, relacionamos la normativa respecto de la cual se requiere su pronunciamiento frente a los literales B y C del escrito presentado por el peticionario, así:
El Decreto 540 de 2004 “Por el cual se reglamenta el artículo 96 de la Ley 788 de 2002”.
El Decreto 690 de 2020 “Por el cual se corrige un yerro en el artículo 139 de la Ley 2010 de 2019” el Decreto 624 de 2021 “Por el cual se expide el estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuesto Nacionales ”.
Una vez revisado el documento enviado por el peticionario, se observa que los literales B y C, corresponde a:
B. Sí la normatividad referenciada en el literal F de esta solicitud está actualmente vigente?
C. Sí existe normatividad adicional que haya modificado, adicionado o reformado la normatividad referenciada.
Al respecto este despacho se permite dar respuesta así:
1. Respecto al Decreto 540 de 2004 “Por el cual se reglamenta el artículo 96 de la Ley 788 de 2002 ”, se indica que el artículo 138 de la Ley 2010 de 2019 modificó el artículo 96 de la Ley 788 de 2002, y con fundamento en dicha disposición el Gobierno nacional expidió el Decreto 1651 del 6 de diciembre de 2021, reglamentación que sustituye el Decreto 540 de 2004.
2. Frente al Decreto 690 de 2020 “Por el cual se corrige un yerro en el artículo 139 de la Ley 2010 de 2019 ”, se encuentra vigente temporalmente, considerando que la disposición objeto de corrección es el artículo 139 de la Ley 2010 de 2019 que adiciona el parágrafo 2 al artículo 244 de la Ley 1955 de 2019, y de conformidad con la Sentencia C-068 de 2020 de la Corte Constitucional, determinó una vigencia diferida, la cual se desprende del resuelve que se transcribe a continuación, así:
“Primero.- Declarar INEXEQUIBLE el artículo 244 de la Ley 1955 de 2019 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, Pacto por Colombia, pacto por la equidad, por infracción al principio de unidad de materia.
Segundo. - Diferir los efectos de la inconstitucionalidad declarada hasta el vencimiento de las dos legislaturas ordinarias siguientes, contadas a partir de la notificación de esta sentencia (cursiva y subrayado fuera de texto)
3. Respecto al Decreto Ley 624 de 1989 “Por el cual se expide el estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuesto Nacionales”, al respecto es importante precisar que dicha disposición es un compendio normativo de las diferentes disposiciones legales que se expidieron con anterioridad a 1989 y las leyes que se expidieron con posterioridad a esta fecha, y es conocido como el Estatuto Tributario, las disposiciones legales que lo comprenden son modificadas derogadas o adicionadas a través de las diferentes leyes que expide el Congreso de la República.
Como se puede indicar el Estatuto Tributario trata una diversidad de temas de carácter tributario de impuesto del orden nacional, así como los diferentes procedimientos para la administración de los impuestos, tales como (Impuesto sobre la renta y complementarios, Impuesto sobre las Ventas- IVA, retención en la fuente, gravamen a los movimientos financieros -GMF, entre otros.)
Por consiguiente las disposiciones que se encuentran en dicho compendio normativo, se encuentran vigentes.
En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” -“técnica”-, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.