BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE

CONCEPTO 008875 int 1018 DE 2024

(noviembre 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Publicado en la página web de la DIAN: 25 de noviembre de 2024>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Unidad Informática de Doctrina

Área del DerechoTributario
Banco de DatosOtros Temas
Problema JurídicoPROBLEMA JURÍDICO No. 1
¿Implica la condición de "control" necesariamente la titularidad en la persona jurídica para ser considerado beneficiario final?
PROBLEMA JURÍDICO No. 2
¿Cuál es el alcance de la expresión "cualquier otro medio" del numeral 2 del artículo 631-5 del ET?
Tesis JurídicaTESIS JURÍDICA No. 1
No siempre es necesario que exista titularidad directa e indirecta en la persona jurídica para ejercer control, puesto que es posible ejercer control por otros medios distintos a la titularidad.
TESIS JURÍDICA No. 2
La expresión "cualquier otro medio" en el numeral 2 del artículo 631-5 del ET., amplía la posibilidad de que una persona natural sea considerada beneficiario final sin necesidad de ostentar titularidad o derecho de voto sobre la persona jurídica. Abarca situaciones en las que una persona natural tiene la potestad de tomar y/o imponer decisiones relevantes en la administración, dirección o gestión de la persona jurídica sin ser necesariamente titular de una parte del capital o de derechos de voto.
DescriptoresControl por otro medio Tema: Beneficiario final
Fuentes FormalesRESOLUCIÓN DIAN 000164 DE 2021
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 631-5.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 631-6.


Extracto

1. Esta Subdirección está facultada para absolver las consultas escritas, presentadas de manera general, sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de la DIAN[1]. En este sentido, la doctrina emitida será de carácter general, no se referirá a asuntos particulares y se someterá a lo consagrado en el artículo 131 de la Ley 2010 de 2019[2].

2. La problemática planteada por el peticionario versa sobre el alcance de las expresiones "control" y "cualquier otro medio" para identificar al beneficiario final de una persona jurídica conforme al artículo 631-5 del Estatuto Tributario (ET) y la Resolución 000164 de 2021.

PROBLEMA JURÍDICO No. 1

3. ¿Implica la condición de "control" necesariamente la titularidad en la persona jurídica para ser considerado beneficiario final?

TESIS JURÍDICA No. 1

4. No siempre es necesario que exista titularidad directa e indirecta en la persona jurídica para ejercer control, puesto que es posible ejercer control por otros medios distintos a la titularidad.

FUNDAMENTACIÓN

5. El artículo 631-5 del ET, establece que se considerará como beneficiario final de una persona jurídica, entre otros, a la persona natural que ejerza control sobre ella. Por otro lado, la Resolución DIAN 164 de 2021 en su artículo 1, define control como "la capacidad de una persona natural para tomar o imponer decisiones relevantes en la administración, dirección o gestión de la persona jurídica, actuando individualmente o en conjunto, a través de titularidad directa o indirecta”.

6. La definición de control en la Resolución mencionada dispone que el control puede ejercerse a través de la titularidad, sea esta directa o indirecta. Esto aplica en los casos en que una persona natural tiene una participación significativa (5% o más en el capital o derechos de voto) en la persona jurídica y, por medio de esa titularidad, influye en decisiones fundamentales.

7. Sin embargo, el propio artículo 631-5 del ET., establece que el control puede ejercerse por "cualquier otro medio" diferente a la titularidad directa o indirecta en el capital o los derechos de voto.

8. Al respecto esta entidad ha interpretado[3] que: "(...) cuando el numeral 2° del artículo 6 de la Resolución establece 'control directo y/o indirecto sobre la persona jurídica por cualquier otro medio diferente a los establecidos en el numeral anterior' hace referencia a un control ejercido por un medio diferente a la titularidad o los derechos de voto o el beneficio (directa o indirectamente) del 5% o más sobre la persona jurídica”.

9. Así, el control también puede derivarse de mecanismos distintos a la titularidad. En estos casos, la persona no necesariamente es titular de participación o derechos de voto en la sociedad, pero posee facultades para de tomar y/o imponer la toma de decisiones relevantes en la administración, dirección o gestión de la entidad.

PROBLEMA JURÍDICO No. 2

10. ¿Cuál es el alcance de la expresión “cualquier otro medio" del numeral 2 del artículo 631-5 del ET?

TESIS JURÍDICA No. 2

11. La expresión "cualquier otro medio" en el numeral 2 del artículo 631-5 del ET., amplía la posibilidad de que una persona natural sea considerada beneficiario final sin necesidad de ostentar titularidad o derecho de voto sobre la persona jurídica. Abarca situaciones en las que una persona natural tiene la potestad de tomar y/o imponer decisiones relevantes en la administración, dirección o gestión de la persona jurídica sin ser necesariamente titular de una parte del capital o de derechos de voto.

FUNDAMENTACIÓN

12. El numeral 2 del Artículo 631-5 del ET,. refiere a la persona natural que, actuando individual o conjuntamente, ejerza control sobre la persona jurídica, “por cualquier otro medio diferente” a los establecidos en el numeral anterior, a saber, titular directa o indirectamente, o beneficiario.

13. Ahora, si bien, la definición de control establece que la persona natural actuando individual o conjuntamente, tiene la potestad de tomar y/o imponer decisiones relevantes en la administración, dirección o gestión de la persona jurídica a través de la titularidad directa o indirecta[4], la norma fundante de la calidad de beneficiario final[5] prevé que el control por "cualquier otro medio", cómo se explicó antes, da lugar a incluir situaciones que no requieren la calidad de titular.

14. Ejemplo de dichas situaciones podrían ser los acuerdos contractuales de gestión o administración[6] acuerdos de sindicación de voto[7], fideicomisos o estructuras de control indirecto[8]; poderes delegados o representación legal de alto nivel[9], entre otros.

15. En conclusión, el control por cualquier medio al que se refiere el numeral 2 del artículo 631-5 del ET., no se limita a la titularidad y puede ejercerse a través de medios distintos, que otorgan a la persona natural facultades para tomar y/o imponer decisiones relevantes en la administración, dirección o gestión en la entidad.

En los anteriores términos se absuelve su petición y se recuerda que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de esta Entidad, puede consultarse en el normograma DIAN: https://normograma.dian.gov.co/dian/.

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. De conformidad con el numeral 4 del artículo 56 del Decreto 1742 de 2020 y el artículo 7 de la Resolución DIAN 91 de 2021.

2. De conformidad con el numeral 1 del artículo 56 del Decreto 1742 de 2020 y el artículo 7-1 de la Resolución DIAN 91 de 2021.

3. Oficios No. 905010 - interno 855 del 5 de julio de 2022 y No. 905363 - interno 883 del 11 de julio de 2022.

4. Numeral 3 del artículo 1 de la Resolución DIAN 164 de 2021.

5. Numeral 2 del artículo 631-5 del ET.

6. En los que una persona natural, mediante un contrato, tiene la capacidad de influir en decisiones clave de la empresa (como planes de negocio o cambios estratégicos), sin ser necesariamente socio o accionista de la misma. Esto puede suceder en acuerdos de asesoría estratégica, dirección o gerencia.

7. Que podrían darle la capacidad de tomar decisiones relevantes

8. A través de estructuras fiduciarias o similares, una persona podría tener derechos de control sobre una persona jurídica sin poseer participación directa en su capital.

9. Si una persona tiene poder de decisión en la administración o manejo de la persona jurídica mediante una designación legal o contractual, aunque no posea participación accionaria, puede considerarse que tiene control sobre la entidad.

Herramientas de accesibilidad
Aumentar texto
Disminuir texto
Escala de grises
Contraste negativo
Subrayar enlaces
Centro de relevos

Restablecer
×