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CONCEPTO 017684 int 1882 DE 2026

(octubre 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Publicado en la página web de la DIAN: 17 de octubre de 2026>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Unidad Informática de Doctrina

Área del DerechoTributario
Banco de DatosImpuesto Sobre las Ventas - IVA
DescriptoresExención
Fuentes FormalesArtículo 478 Estatuto Tributario
ArtÍculo 16 Ley 2615 de 2026

Extracto

1. Esta Subdirección está facultada para resolver las consultas escritas, presentadas de 5manera general, sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiada, en lo de competencia de la DIAN[1]. En este sentido, la doctrina emitida será de carácter general, no se referirá a asuntos particulares y se someterá a lo consagrado en el artículo 131 de la Ley 2010 de 2019[2].

2. Mediante el radicado de la referencia, el peticionario plantea varios interrogantes sobre el tratamiento tributario frente al Impuesto sobre las Ventas -IVA con ocasión a la Ley 2615 de 2016[3] que en su artículo 16 modifica el artículo 478 del Estatuto Tributario y establece la exención del IVA para materias primas, insumos, partes, piezas y herramientas especializadas destinadas exclusiva y directamente a la fabricación, reparación, mantenimiento y ensamble de instrumentos musicales por luthiers, artesanos y empresas de manufactura musical debidamente registradas en el Sistema de Información de la Música -eSIMUS- y con certificación del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes[4].

3. No obstante, su aplicación definitiva y detalles operativos dependerán de la reglamentación que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y demás entidades expidan para materializar lo dispuesto en la Ley. Así las cosas y, toda vez que a la fecha no se ha expedido reglamentación o regulación alguna sobre la exención de IVA dispuesta en la Ley 2615 de 2026, este Despacho no puede pronunciarse respecto a las especificaciones de esta, por ser un asunto aun sin normatividad que lo determine.

4. En los anteriores términos se resuelve su petición y se recuerda que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiada, en lo de competencia de esta Entidad, puede consultarse en el normograma DIAN: https://normograma.dian.gov.co/dian/.

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. De conformidad con el numeral 4 del artículo 56 del Decreto 1742 de 2020 y el artículo 7 de la Resolución DIAN 91 de 2021.

2. De conformidad con el numeral 1 del artículo 56 del Decreto 1742 de 2020 y el artículo 7-1 de la Resolución DIAN 91 de 2021.

3. Por medio del cual se reconoce, promueve y fortalece el sector de la música en Colombia y se dictan otras disposiciones Ley de la música.

4. Ley 2319 de 2023

 

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.
Co-creación, mantenimiento, actualización y ajustes de estructura relacionados con la consulta jurídica y contenido del Normograma, realizado por Avance Jurídico Casa Editorial SAS.
ISBN 978-958-53111-3-8
Última actualización: 28 de octubre de 2026

 

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