DECRETO 2074 DE 2019
(noviembre 18)
Diario Oficial No. 51.141 de 18 de noviembre 2019
<Rige a partir del 3 de diciembre de 2019>
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para establecer un gravamen arancelario de cero por ciento (0%) para la importación de insumos para electrodomésticos.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 7 de 1991 y 1609 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 2153 del 26 de diciembre de 2016 se adoptó el Arancel de Aduanas que entró a regir a partir del 1 de enero de 2017.
Que en virtud de la Decisión 805 de la Comisión de la Comunidad Andina y demás normas concordantes sobre política arancelaria común, actualmente los países miembros de la Comunidad Andina se encuentran facultados para adoptar modificaciones en materia arancelaria.
Que el artículo 3o del Decreto 2593 del 15 de diciembre de 2014 establece que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en el marco de la normatividad vigente, estudiarán medidas y mecanismos para facilitar el acceso a materias primas incluyendo un análisis de aranceles y la devolución de tributos arancelarios para la importación de materias primas en los sectores de Línea Blanca, Línea Marrón, pequeños electrodomésticos y autopartes.
Que en sesión 317 del 27 de junio de 2019, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, amparado en el artículo 3o del Decreto 2593 de 2014, recomendó reducir el arancel al cero por ciento (0%) de forma permanente para las subpartidas arancelarias 8509.90.00.10, 8516.90.00.10 y 8539.90.10.00, por las que se clasifican insumos de los sectores de línea blanca y pequeños electrodomésticos no producidos en el país, lo anterior considerando que la rebaja arancelaria para el sector de electrodomésticos y pequeños artefactos mejoraría la competitividad de los productos y promovería el crecimiento de la industria.
Que el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), en sesión del 20 de agosto de 2019, emitió concepto favorable a la rebaja arancelaria del cero por ciento (0%) de forma permanente para la importación de insumos de los sectores de línea blanca y pequeños electrodomésticos no producidos en el país, clasificados en las subpartidas del artículo 1o del presente Decreto, con la recomendación de realizar revisiones anuales al Registro de Productores de Bienes Nacionales por parte de la Secretaría Técnica del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior.
Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de Decreto fue sometido a consulta pública nacional desde el 16 de septiembre hasta el 1 de octubre de 2019 en el sitio web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con el fin de recibir comentarios por parte de los interesados,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Establecer un gravamen arancelario del cero por ciento (0%) para la importación de productos clasificados por las subpartidas arancelarias 8509.90.00.10, 8516.90.00.10 y 8539.90.10.00.
ARTÍCULO 2o. De conformidad con la recomendación del Confis se adelantará una revisión anual del Registro de Productores de Bienes Nacionales de las subpartidas contenidas en el artículo 1o del presente Decreto, por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
ARTÍCULO 3o. El presente Decreto entra a regir quince (15) días calendario después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1o del Decreto 2153 del 26 de diciembre de 2016 o las normas que lo modifiquen, aclaren o sustituyen.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de noviembre de 2019.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
José Manuel Restrepo Abondano.