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RESOLUCIÓN 9700 DE 2006

(agosto 23)

Diario Oficial No. 46.370 de 24 de agosto de 2006

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se modifica la Resolución 08687 del 4 de agosto de 2006.

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las conferidas por el literal m) del artículo 19 del Decreto 1071 del 26 de junio de 1999, de los artículos 843-1 del Estatuto Tributario y en observancia de la Resolución número 3688 de diciembre 15 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 08687 del 4 de agosto de 2006 se ordena realizar convocatoria para conformar lista de Auxiliares de la Administración a nivel nacional y se determinan requisitos para los aspirantes;

Que se considera necesario modificar los artículos 2o, 3o y 6o de la anterior resolución para aclarar parámetros de selección y requisitos para la conformación de la lista de Auxiliares de la Administración Tributaria, así como para determinar las administraciones que recibirán las inscripciones y adelantarán el proceso de selección en aquellas ciudades donde existan varias sedes,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 2o de la Resolución número 08687 del 4 de agosto de 2006, el cual quedará así:

Artículo 2o. Procedimiento y términos. Fijar los términos y fechas para efectos de la convocatoria, la cual debe publicarse en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998, y dar publicidad en un periódico de amplia circulación nacional y en la página web de la DIAN así:

Inscripción y entrega de documentos: A partir de las 8 a. m. del día veintiocho (28) de agosto y hasta las 4 p. m. del día primero (1o) de septiembre de dos mil seis (2006), en las Administraciones Especiales, de Impuestos, de aduanas y/o de Impuestos y Aduanas Nacionales, ubicados en las direcciones sedes de cada ciudad. En las Administraciones de Cartagena y Cúcuta las inscripciones se efectuarán ante Administración de Impuestos y en Bogotá se efectuará en la Administración Especial de Grandes Contribuyentes.

Comité Técnico: El Comité Técnico está conformado por el Administrador o su delegado, el Jefe de la división Jurídica o quien haga sus veces, el Jefe de la División de Cobranzas y el Jefe del Grupo Coactiva. Dicho comité analizará y estudiará la documentación allegada por los aspirantes. En las ciudades de Cartagena, Cúcuta y Bogotá dicho Comité se integrará por funcionarios de cada una de las administraciones, por delegación que para el efecto haga el Administrador respectivo.

Publicación de listas de admitidos y Rechazados: La lista de las personas que hayan reunido todos los requisitos y que por tanto pueden presentar examen se publicará el día martes doce (12) de septiembre de 2006, en la sede de cada Administración y en la página web de la DIAN.

Examen Psicotécnico y de Conocimientos y Resultados: La fecha para la realización del examen psicotécnico y de conocimientos será la del día 20 de septiembre de 2006 en la ciudad sede donde el aspirante se inscribió. Los resultados se publicarán en cada Administración el día 5 de octubre de 2006 y en la página web de la DIAN.

Entrevistas: A los aspirantes que hayan superado el mínimo aprobatorio en la prueba psicotécnica y de conocimientos se les fijará lugar, día y hora para la entrevista que se realizará en los días comprendidos entre el 9 y el 11 de octubre de 2006.

Nombramiento de Auxiliares: Agotadas las etapas anteriores el Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales proferirá mediante Resolución la lista de los auxiliares de la Administración Tributaria, la que será publicada el día viernes veinte (20) de octubre de 2006, en las instalaciones de cada Administración y en la página web de la DIAN, lista que tendrá una vigencia de dos (2) años.

Nota: Las Listas que nombran auxiliares no admiten proceso impugnatorio alguno.

ARTÍCULO 2o. Modificar el numeral 3 del inciso 1o del artículo 3o de la Resolución número 08687 del 4 de agosto de 2006, el cual quedará así:

Artículo 3o. Requisitos. Determinar los siguientes requisitos como necesarios para integrar la lista de Auxiliares de la Administración tributaria:

SECUESTRES

3. Acreditar título profesional en Derecho, Ingeniería Industrial, Administración de Empresas, Contaduría, Arquitectura, Economía y tarjeta profesional para las carreras que así lo exijan o tecnológico en áreas diferentes al sector salud.

ARTÍCULO 3o. Modificar el artículo 6o de la Resolución número 08687 del 4 de agosto de 2006, el cual quedará así:

Artículo 6o. Criterios de selección de los aspirantes. Para efectos de seleccionar a los auxiliares de la Administración, se otorgarán los siguientes puntajes:

 Hoja de vida, con la documentación que acredite los requisitos exigidos: Veinte por ciento (20%)

 Examen Psicotécnico y de conocimientos: Treinta y cinco por ciento (35%)

 Entrevista en las condiciones establecidas en la presente Resolución: Cuarenta y cinco por ciento (45%)

Para formar parte de la lista de Auxiliares de la Administración Tributaria la sumatoria de los criterios de selección señalados deberá ser igual o superior al 65%, los cuales se obtendrán de la siguiente forma:

 Hoja de vida:

Puntaje Máximo 100 puntos

Mínimo Aprobatorio 70 puntos

Este puntaje aprobatorio se obtiene con el cumplimiento mínimo de requisitos para la convocatoria.

Los 30 puntos adicionales se califican así:

Experiencia relacionada:

Hasta 2 años: 15 puntos

Superior a 2 años 30 pun tos

Examen psicotécnico y de conocimientos:

Puntaje Máximo: 100

Mínimo Aprobatorio: 50

Entrevista:

Puntaje Máximo: 100

Mínimo Aprobatorio: 50

ARTÍCULO 4o. PUBLICACIÓN. La presente resolución se publicará en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998, y se dará publicidad en un periódico de amplia circulación nacional, y en la página web de la DIAN.

ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. Contra la presente resolución no procede recurso alguno, y rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 23 de agosto de 2006.

El Director General,

OSCAR FRANCO CHARRY.

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