RESOLUCIÓN 7560 DE 2007
(junio 27)
Diario Oficial No. 46.678 de 3 de julio de 2007
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se adiciona el artículo 1o de la Resolución 04074 de 2005.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en uso de sus facultades legales, en especial las consagradas en el artículo 19 de Decreto 1071 de 1999 y en el artículo 368 del Estatuto Tributario,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adiciónase el artículo 1o de la Resolución 04074 de 2005, con el siguiente parágrafo:
“Parágrafo 3o. Si la sociedad solicitante ha sido declarada como Zona Franca Permanente Especial, por cumplir los requisitos establecidos en la Ley 1004 de 2005 y en el Decreto 383 de 2007 o en las normas que las modifiquen o adicionen, podrá ser autorizada como autorretenedor, sin tener en cuenta los requisitos establecidos en los numerales 2 y 3 del presente artículo”.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de junio de 2007.
El Director General,
OSCAR FRANCO CHARRY.