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RESOLUCIÓN 004285 DE 2026

(marzo 26)

Diario Oficial No. 53.441 de 27 de marzo de 2026

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se adicionan el artículo 1.2.2.39 al Capítulo 2 del Título 2 de la Parte 1 y un nuevo formulario al numeral 1. Tabla de Formularios del artículo 3o de la Resolución número 000227 del 23 de septiembre de 2025 "Resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en uso de las facultades legales y en especial de las que confieren el numeral 2 del artículo 8o del Decreto número 1742 de 2020, los artículos 298, 298-1, 578 y 579-2 del Estatuto Tributario y el artículo 5o del Decreto Legislativo 0173 de 2026 y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Legislativo 0150 del 11 de febrero de 2026, el Gobierno nacional declaró el estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en los departamentos de Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó, por el término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de dicho decreto.

Que en desarrollo de la referida emergencia el Decreto Legislativo 0173 del 24 de febrero de 2026 adoptó medidas tributarias en materia del impuesto al patrimonio, incluyendo para la vigencia del año 2026 como sujetos pasivos a las personas jurídicas y sociedades de hecho contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.

Que el Decreto Legislativo 0240 del 12 de marzo de 2026 modificó el Decreto Legislativo 0173 del 24 de febrero de 2026 incluyendo para la vigencia del año 2026 como sujetos pasivos del impuesto al patrimonio a los establecimientos permanentes (incluidas las sucursales) de entidades del exterior.

Que el artículo 5o del Decreto Legislativo 0173 de 2026 dispuso que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) prescribirá el formulario mediante el cual los contribuyentes de que trata el numeral 6 del artículo 292-3 del Estatuto Tributario deberán declarar el impuesto al patrimonio.

Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN expidió la Resolución 000227 de 2025, "Resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria", con el propósito de racionalizar y unificar la normatividad vigente expedida por la entidad, por lo que resulta procedente adicionar el artículo 1.2.2.39 al Capítulo 2 del Título 2 de la Parte 1 a efectos de prescribir el formulario 425 "Declaración de Impuesto al Patrimonio para Personas Jurídicas Vigencia 2026".

Que en cumplimiento del Decreto número 1081 de 2015, modificado por el Decreto número 270 de 2017, y los artículos 3o y 8o de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de Resolución fue publicado, en el sitio web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), entre el 11 y el 20 de marzo de 2026.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ADICIÓN DEL ARTÍCULO 1.2.2.39 AL CAPÍTULO 2 DEL TÍTULO 2 DE LA PARTE 1 DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO 000227 DE 2025, "RESOLUCIÓN ÚNICA EN MATERIA TRIBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA". Adiciónese el artículo 1.2.2.39 al Capítulo 2 del Título 2 de la Parte 1 de la Resolución 000227, Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria, así:

"Artículo 1.2.2.39. Prescripción del formulario 425 Declaración de Impuesto al Patrimonio para Personas Jurídicas. Prescríbase el formulario 425 "Declaración de Impuesto al Patrimonio para Personas Jurídicas" para declarar, presentar y pagar el impuesto al patrimonio para personas jurídicas, sociedades de hecho y los establecimientos permanentes (incluidas las sucursales) de entidades del exterior, por la vigencia 2026 de conformidad con los Decretos Legislativos 0173 y 0240 de 2026. El diseño del formulario hace parte integral de la presente resolución.

PARÁGRAFO. La declaración deberá presentarse a través de los servicios informáticos, utilizando la Firma Electrónica (FE) autorizada por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) pondrá a disposición el formulario número 425 en forma virtual en la página web www.dian.gov.co, en el Servicio Informático de Usuarios Registrados, para su diligenciamiento y presentación electrónica".

ARTÍCULO 2o. ADICIÓN DEL FORMULARIO 425 "DECLARACIÓN DE IMPUESTO AL PATRIMONIO PARA PERSONAS JURÍDICAS" AL NUMERAL 1 TABLA DE FORMULARIOS DEL ARTÍCULO 3° DE LA RESOLUCIÓN 000227 DE 2025, "RESOLUCIÓN ÚNICA EN MATERIA TRIBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA". Adiciónese el Formulario 425 "Declaración de Impuesto al Patrimonio Para Personas Jurídicas" al numeral 1 del artículo 3o de la Resolución número 000227 de 2025, "Resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria".

ARTÍCULO 3o. PUBLICACIÓN. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el artículo 1.2.2.39 al Capítulo 2 del Título 2 de la Parte 1 de la Resolución número 000227 del 23 de septiembre de 2025 "Resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria".

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de marzo de 2026.

El Director General,

Carlos Emilio Betancourt Galeano

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