RESOLUCIÓN 106 de 2023
(julio 13)
Diario Oficial No. 52.467 de 25 de julio de 2023
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se modifica el numeral 8 del artículo 8o de la Resolución número 000149 del 9 de diciembre de 2021 que adopta los Centros de Excelencia.
EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en uso de las facultades legales y en especial las establecidas en los numerales 2 y 11 del artículo 3o, en los numerales 1, 2 y 30 del artículo 8o y en el artículo 82 del Decreto número 1742 de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo señalado en el numeral 2 del artículo 3o del Decreto número 1742 de 2020, es competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales “Dirigir y administrar la gestión y operación aduanera incluyendo, entre otras: el servicio, el control y el apoyo a las operaciones de comercio exterior de los diferentes regímenes aduaneros y/o de destinos aduaneros, así como de los usuarios y auxiliares de la función pública aduanera”.
Que con fundamento en lo anterior, en el artículo 82 del decreto citado, y en otras normas la DIAN expidió la Resolución número 000149 del 9 de diciembre de 2021 “por la cual se adoptan los Centros de Excelencia”, como un instrumento que facilita y agiliza las operaciones de comercio exterior a través de los servicios aduaneros que presta la entidad.
Que el considerando número siete de la Resolución número 000149 de 2021 señala que de común acuerdo con gremios económicos, con apoyo y asistencia técnica de la Alianza Global para la Facilitación del Comercio, se decidió implementar en la DIAN la estrategia de los Centros de Excelencia, iniciando con una prueba piloto con las empresas y los gremios pertenecientes al sector automotor, conforme con el Memorando de Entendimiento suscrito entre la DIAN y la Alianza Global para la Facilitación del Comercio el 23 de marzo de 2018; para avanzar en la estructuración de esta estrategia como un modelo para extender a otros sectores económicos.
Que el artículo 2o de la Resolución número 000149 de 2021, señala como un objetivo general de los Centros de Excelencia contribuir a la competitividad de los sectores económicos que participan en el comercio internacional mediante la facilitación y agilización de las operaciones de comercio exterior.
Que el artículo 4o de la Resolución número 000149 de 2021 señala que la DIAN de acuerdo con sus prioridades institucionales y capacidades administrativas propondrá los sectores económicos que son susceptibles de ser cobijados por la estrategia de los Centros de Excelencia.
Que el artículo 8o de la Resolución número 000149 de 2021 al señalar las actividades a cargo de la DIAN a través de la Subdirección de Servicios y facilitación al Comercio Exterior, establece en su numeral 8;
“8. Hacer seguimiento al cumplimiento de la gestión de los Centros de Excelencia y elaborar informes acerca del impacto y la efectividad de la gestión del mismo, en términos de agilización de las operaciones aduaneras, facilitación al comercio y cumplimiento de obligaciones, relacionados con las operaciones aduaneras del sector automotor”.
Que si bien la Resolución número 149, señala en sus considerandos el plan piloto realizado al sector automotor, regula de manera general los Centros de Excelencia, estableciendo que cualquier sector económico puede ser parte de estos; por lo que las actividades enumeradas en el artículo 8o de igual forma pueden abarcar a cualquier sector económico; y el numeral citado al hacer referencia solamente al sector económico “automotor”; limita y descarta los demás sectores.
Que siendo todo lo anterior así, se hace necesario modificar el numeral 8 del artículo 8o de la Resolución número 000149 de 2021, para que la actividad allí señalada pueda abarcar e incluir a todos los sectores económicos que sean o lleguen a ser parte de los Centros de Excelencia.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011 y lo previsto en el numeral 2 del artículo 32 de la Resolución número 91 de 2021, el proyecto fue publicado previamente a su expedición en el sitio web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) durante los días 31 de mayo al 16 de junio de 2023, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias, comentarios o propuestas alternativas.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1o. Modifíquese el numeral 8 del artículo 8o de la Resolución número 000149 de 2021, el cual quedará así:
“8. Hacer seguimiento al cumplimiento de la gestión de los Centros de Excelencia y elaborar informes acerca del impacto y la efectividad de la gestión del mismo, en términos de agilización de las operaciones aduaneras, facilitación al comercio y cumplimiento de obligaciones, relacionados con las operaciones aduaneras de los sectores económicos que hagan parte del Centro de Excelencia”.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente Resolución entrará en vigencia una vez transcurridos quince (15) días comunes contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
13 de julio de 2023.
El Director General (e), U. A. E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN),
Guillermo Alberto Sinisterra Paz.