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RESOLUCIÓN 23 DE 2017

(abril 10)

Diario Oficial No. 50.203 de 11 de abril de 2017

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 000220 del 31 de octubre del 2014, la Resolución número 000111 del 29 de octubre del 2015 y la Resolución número 24 del 8 de marzo de 2016.

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en uso de sus facultades legales, en especial las consagradas en el artículo 6o numerales 12 y 22 del Decreto número 4048 de 2008, en los artículos 631, 631-2, 631-3, 633, 684 y 686 del Estatuto Tributario,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución número 000220 del 31 de octubre de 2014 establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por el año gravable 2015 y las características técnicas para la presentación de dicha información.

Que el literal b del artículo 2o de la Resolución número 000220 del 31 de octubre de 2014, define que la Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores (Deceval) deberá suministrar información anualmente por periodos mensuales a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que el artículo 8o de la Resolución número 000220 del 31 de octubre de 2014, modificado por el artículo 3o de la Resolución número 000111 del 29 de octubre del 2015, establece el contenido de la información que deberá ser suministrada por la Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores (Deceval) a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de acuerdo a las especificaciones técnicas del Anexo 55.

Que el artículo 17 de la Resolución número 000111 del 29 de octubre del 2015 a través del Anexo 3 modificó las especificaciones técnicas, de la información que deberá ser suministrada por la Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores (Deceval), definidas en el Anexo 55 de la Resolución número 000220 del 31 de octubre de 2014.

Que el artículo 15 de la Resolución número 000024 del 8 de marzo del 2016, a través del Anexo 13, modificó las especificaciones técnicas del formato 2273 Versión 1 definidas en el Anexo 3 de la Resolución número 000111 del 29 de octubre del 2015.

Que con el fin de facilitar la presentación y uso de esta información, se requiere efectuar ajustes en la codificación de los conceptos a reportar.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8o numeral 8 de la Ley 1437 de 2011, el presente proyecto de resolución fue publicado en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN),

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifíquese el artículo 3o de la Resolución número 000111 del 29 de octubre de 2015, que modificó el artículo 8o de la Resolución número 000220 del 31 de octubre del 2014, el cual quedará así:

Artículo 8o. Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores Deceval. La Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores (Deceval) deberá reportar la siguiente información anualmente por periodos mensuales, de cada una de las personas o entidades que efectuaron a través de ella, depósitos de títulos valores instrumentos financieros y valores que se encuentren o no inscritos en el registro nacional de valores e intermediarios, sean emitidos en Colombia o en el exterior, según lo dispuesto en el artículo 631-3 del Estatuto Tributario; conforme con los parámetros establecidos en las Especificaciones Técnicas del Formato 2273 versión 1, así:

De los portafolios al corte de cada mes, donde se muestre la posición de cada inversionista en ese momento, indicando los valores que posee registrados en la cuenta respectiva, reporte de los rendimientos o dividendos cancelados por los emisores al inversionista a través de Deceval con las siguientes casillas, así:

1. Tipo de documento Administrador

2. Número de identificación del Administrador

3. Razón Social Administrador

4. Tipo de documento del emisor

5. Número de identificación del emisor

6. Razón Social del Emisor

7. ISIN

8. Depósito

9. Fecha de expedición

10. Fecha de vencimiento

11. Tipo de Tasa

12. Tasa

13. Modalidad

14. Periodicidad

15. Spread

16. Expresado

17. Número de Cuenta

18. Tipo de Cuenta

19. Clase y Subclase de Título

20. Tipo de documento del inversionista

21. Número de identificación del inversionista

22. Apellido y Nombres o Razón social del Inversionista

23. Dirección del Inversionista

24. Correo Electrónico

25. Saldo total

26. Saldo disponible

27. Saldo tránsito

28. Saldo prenda

29. Saldo Bloqueos por embargo

30. Saldo garantía

31. Saldo retiro

32. Saldo repo pasivo

33. Saldo repo activo

34. Saldo Otros bloqueos

35. Descripción Otros bloqueos

36. Saldo neto con Repos

37. Saldo rebloqueos

38. Recaudo capital

39. Recaudo dividendos

40. Recaudo rendimientos

41. Retención en la fuente

Se debe utilizar la siguiente codificación:

TIPO DE DOCUMENTOS

CódigoDescripción
11Registro civil de nacimiento
12Tarjeta de identidad
13Cédula de ciudadanía
14Certificado de la Registraduría para sucesiones ilíquidas de personas naturales que no tienen ningún documento de identificación
15Tipo de documento que identifica una sucesión ilíquida, expedido por la notaría o por un juzgado
21Tarjeta de extranjería
22Cédula de extranjería
31NIT
33Identificación de extranjeros diferente al NIT asignado DIAN
41Pasaporte
42Documento de identificación extranjero
43Sin identificación del exterior o para uso definido por la DIAN
44Documento de identificación extranjero Persona Jurídica
46Carné Diplomático: Documento expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores a los miembros de las misiones diplomáticas y consulares, con el que se deben identificar ente las autoridades nacionales

MODALIDAD

CódigoDescripción
0Sin modalidad
1Anticipado
2Vencido

CLASE Y SUBCLASE DE TÍTULO

CódigoDescripción clase y subclase de título
CAACAceptaciones bancarias
CBBABonos avalados por establecimientos de crédito
CBBBBonos capitalización banca pública Fogafín
CBBCBonos comunes y convertibles en acciones
CBBDBonos nacionales de deuda interna
CBBEBonos de desarrollo económico clase b
CBBFBonos agrarios clase l
CBBGBonos agrarios
CBBHBonos Resol. 4308 de 1994
CBBIBonos de valor constante
CBBJBonos hipotecarios estructurados
CBBLBonos Ley 55/85
CBBMBonos Colombia Decreto número 700
CBBNBonos de financiamiento especial
CBBOBonos ordinarios
CBBPBonos de deuda pública interna
CBBRBonos forestales
CBBSBonos pensionales
CBBTBonos de financiamiento presupuestal
CBBVBonos república de Venezuela
CBBWBonos Fogafín línea de capitalización
CBBXBonos títulos de deuda externa colombiana
CBTABonos títulos agroindustriales
CBTBBonos títulos de desarrollo agropecuario clase b
CBTCBonos títulos de apoyo cafetero
CBTEBonos títulos de desarrollo agropecuario clase c
CBTFBonos títulos de crédito y fomento
CBTGBonos títulos de desarrollo agropecuario
CBTJBonos títulos canjeables por certificados de cambio
CBTNBonos títulos de ahorro
CBTOBonos títulos de contenido crediticio
CBTTBonos títulos de Ahorro Territorial (TAT)
CBTWBonos títulos de Reducción de Deuda (TRD)
CDCTCertificados de depósito a término
CHTITitularización títulos hipotecarios de contenido crediticio
CICRCertificados de impuestos reembolso tributario
CITDCertificados de impuestos TIDIS - títulos de devolución de impuestos
CPPAPapeles comerciales avalados establecimiento de crédito
CPPCPapeles comerciales
CPPNPapeles comerciales no avalados establecimientos de
CSContrato con subyacente agropecuario agroindustrial
CTTSTítulos de Tesorería (TES)
MMCMCertificados de depósito de mercancías
PAAPAcciones preferenciales
PTTHTítulos de participación inmobiliaria
PTTKTítulos de participación Cadenalco Título Participación inmobiliaria
PTTLTítulos de participación Unisar-mil
PTTPTítulos de participación
PTTUTítulos de participación Unisar-2000
PTTVTítulos de participación Oikos títulos de participación inmobiliaria
PAAOAcciones Ordinarias
CBBYBonos de Cesantías Ley 413 de 1997
PTTXTítulos Inmobiliarios Mixtos
CHTYTítulos no Hipotecarios de contenido Crediticio

TIPO DE TASA

CódigoDescripciónPeríodo de Cambio (días entre cambio)
0No tiene tasa0
1DTF promedio tasas de captación 90 días6
2DTF mitad promedio. Tasas de captación 90 días6
3IPC índice de precios al consumidor30
4IPC 80% bonos de seguridad30
5IPC pensional1
6TBS vista0
7TBS 2-140
8TBS 90 (pm 10)0
9TBS 1800
10TBS 180 (pm 10)0
11TBS 3600
12TBS 360 (pm 10)0
13TBS > 3600
14TBS > 360 (pm 10)0
15TBS 2-14 (pm 10)0
16TBS 15-290
17TBS 15-29 (pm 10)0
18TBS 300
19TBS 30 (pm 10)0
20TBS 600
21TBS 60 (pm 10)0
22TBS 900
23TCC promedio de tasas colocación corporaciones6
24Tasa de Cambio Oficial (TCO)1
25TRM tasa representativa del mercado1
26Variación % del IPC últimos 12 meses30
27IPC 110% bonos solidaridad para la paz30
28IPCBA ipc80% bonos agrarios29
29Cm corrección monetaria30
30Variación UVR0
31QAN bonos deuda externa colombiana90
32No vis e-230
33No vis e-330
34No vis e-430
35THB Villas a30
36THB Conavi a30
37THB Granahorrar 30
38THB Colpatria30
39THB Colmena30
40No vis e-530
41Vis e-530
42No vis e-630
43Vis e-630
44Vis e-730
45No vis e-730
46Tasa libor0
47THB Villas e-230
48THB BCSC30
CódigoDescripciónPeríodo de Cambio (días entre cambio)
49THB Bancolombia30
50Vis e-830
51No vis e-830
52IBR 30 días6
53DTF efectivo6
54IBR Trimestral Días 1
55IBR a seis meses0

PERIODICIDADES

CódigoDescripción
0Al plazo
1Mensual
2Bimestral
3Trimestral
4Cuatrimestral
5Cada 5 meses
6Semestral
7Cada 7 meses
8Cada 8 meses
9Cada 75 días
10Cada 10 meses
12Anual
18Cada 18 meses
24Cada 2 años
30Cada 30 meses (2 1/2 años)
36Cada 3 años
42Cada 42 meses (3 1/2 años)
48Cada 4 años
51Mensual calendario
52Cada 31 días
53Cada 181 días
54Cada 30 días calendario
55Cada 60 días calendario
56Cada 120 días calendario
57Cada 180 días calendario
58Cada 90 días calendario
59Cada 28 días calendario
60Cada 5 años
61Cada 91 días calendario
62Diaria
99Sin periodicidad

TIPO DE CUENTA

CódigoDescripción
1Individual
2Mancomunada

DEPÓSITO

CódigoDescripción
0Deceval
1Clearstream
2Bony
3DCV - Banco República
5Cavali
6DCV - Chile
8Deutsche Bank
9Citibank
10Indeval - México

PARÁGRAFO. Los saldos de las inversiones deben ser expresados en pesos. Para valorizar los saldos de las inversiones se debe utilizar el precio al cierre de cada mes señalado por la Bolsa de Valores de Colombia o el administrador de la emisión, según corresponda.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 10 de abril de 2017.

El Director General,

SANTIAGO ROJAS ARROYO.

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