OFICIO 7041 DE 2019
(marzo 6)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Dirección de Gestión Jurídica
Bogotá, D.C.
Ref.: Radicado 009869 del 19/02/2019
De conformidad con el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008, en ejercicio de funciones relacionadas con la interpretación y aplicación de las normas tributarias de competencia de la DIAN
En el radicado se pregunta sí el oficio 0820 <17056> del 25 de agosto del 2017, se encuentra vigente respecto a la parte III que trata sobre el servicio excluido en el servicio de mantenimiento a distancia de programas y equipos?
Sea lo primero mencionar que la Ley 1943 de 2018 en su artículo 10, modificó el artículo 476 del Estatuto Tributario, para lo cual se hace el siguiente cuadro comparativo:
Modificación Ley 1943 de 2018 | Antes de la modificación de la Ley 1943 de 2018 |
A ti. 476. Servicios excluidos del impuesto sobre las ventas | Art. 476. Servicios excluidos del impuesto sobre las ventas |
21. Suministro de páginas web, servidores (hosting), computación en la nube (cloud computing). | 21. Suministro de páginas web, servidores (hosting), computación en la nube (cloud computing) y mantenimiento a distancia de programas y equipos. |
Del cuadro anterior, se puede observar de manera clara e inequívoca el legislado eliminó de los servicios excluidos el mantenimiento a distancia de programas y equipos, a su vez al no existir ninguna referencia sobre este concepto en otras normas sobre IVA, se aplica la regla general en este impuesto que es, que el servicio de mantenimiento a distancia de programas y equipos se encuentra gravado con el Impuesto Sobre las Ventas -IVA a la tarifa general, a partir de la vigencia de la ley 1943 de 2018.
Con base en lo anterior, este despacho concluye que toda la normatividad y doctrina, en especial la parte III del Concepto Unificado 0820 del 25 de agosto de 2017, que hagan mención sobre el servicio excluido de mantenimiento a distancia de programas y equipos no se encuentra vigente, a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018.
En los anteriores, se resuelve la consulta.
Cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://wvw.dian.gov.co siguiendo los iconos: "Normatividad” - “Técnica” y seleccionando los vínculos “doctrina” y "Dirección de Gestión Jurídica”.
Atentamente,
LILIANA ANDREA FORERO GOMEZ
Directora de Gestión Jurídica