OFICIO 768 DE 2018
(mayo 18)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
100208221-000768
Bogotá, D.C.
Ref.: Radicado 000086-A del 17/05/2018
Cordial saludo,
Conforme con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, es función de esta Subdirección absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de esta entidad.
Teniendo en cuenta que este despacho, expidió el ofició 100208221-000576 del 20 de abril de 2018 (Radicados Dian 009151, 000355), mediante cual dio respuesta a su solicitud, respecto a la competencia para pronunciarse sobre escrito de allanamiento presentado dentro del término para interponer el recurso previsto en el artículo 601 del Decreto 390 de 2016, en el sentido de que el competente para ello es el área jurídica de las correspondientes Direcciones Seccionales.
Al respecto vale la pena precisar que tal como lo expresó en el mencionado pronunciamiento, éste hace referencia solamente a la pregunta concreta, sobre el allanamiento que se presenta en el momento de la presentación del recurso de reconsideración.
Así las cosas, para los demás eventos, en que se presenten solicitudes de reducción de sanción, el competente será la dependencia que esté conociendo de la actuación administrativa correspondiente, en aplicación del artículo 519 del Decreto 390 de 2016, que establece:
La dependencia que esté conociendo de la actuación administrativa será la competente para resolver la solicitud de reducción de la sanción de multa, que de prosperar dará lugar a la terminación del proceso y archivo del expediente. Contra el auto que resuelve negativamente sobre la solicitud de allanamiento sólo procede el recurso de reposición.
De esta forma se amplía esta respuesta, con el ánimo de dar mayor claridad y precisión sobre la misma.
Finalmente, le informamos que puede consultar la base de conceptos expedidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en su página de INTERNET ingresando por el icono de Normatividad técnica, dando clic en el link Doctrina Oficina-Jurídica.
Atentamente,
PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina
Dirección de Gestión Jurídica