BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE

OFICIO 56 DE 2020

(enero 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Dirección de Gestión Jurídica

100202208-0056

Bogotá, D. C., 22 ENE. 2020

Ref.: Radicado 0029 del 15/01/2020. Aplicación del parágrafo 1 del artículo 4o de la Ley 2005 de 2019

Cordial saludo

Solicita concepto a este despacho relacionado con la aplicación del parágrafo 1 del artículo 4o de la Ley 2005 de 2019, en consideración a que la ley exige que el contribuyente debe pertenecer "al régimen simple de tributación descrito por la Ley 1943 de 2018 y las normas que lo modifiquen y/o adicionen" para para la procedencia del descuento al 100% del impuesto de renta que se encuentre asociado a las utilidades por las ventas de los productos señalados en el inciso primero del mismo artículo, teniendo en cuenta la discrepancia que al parecer contiene el texto normativo, porque los impuestos sobre la renta y el unificado son excluyentes.

Sobre el particular se le informa que la Ley 2005 de 2005, estableció en el artículo 4o un descuento tributario para "las pequeñas, medianas y grandes empresas de productos de consumo masivo que compren productos marcados con el sello de proveedor de trapiche de economía campesina, cuyo principal ingrediente o endulzante sea la panela o mieles vírgenes, en cuya promoción se enfatice dicha característica", indicando en el parágrafo 1 que:

Parágrafo 1. Para acceder al descuento, las pequeñas y medianas empresas deberán estar acogidas al régimen simple de tributación descrito por la Ley 1943 de 2018 y las normas que lo modifiquen y/o adicionen.

Como quiera que la Corte Constitucional declaró la inexequibilidad, a partir del 1 de enero de 2020, de la Ley 1943 de 2018, por haberse desconocido en el curso del debate parlamentario los principios de publicidad y consecutividad, las referencias legales a esta ley pierden vigencia en la misma fecha.

No sobra resaltar que si bien el artículo 74 de la Ley 2010 de 2019, sustituyó el Libro Octavo del Estatuto Tributario y creó el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE a partir del 1 de enero de 2020, este impuesto es diferente al establecido en la Ley 1943 de 2018 y, por tanto, la Ley 2010 de 2019 no lo modificó ni no adicionó.

En consecuencia, a partir del 1 de enero de 2020, las pequeñas, medianas y grandes empresas de productos de consumo masivo que compren productos marcados con el sello de proveedor de trapiche de economía campesina, cuyo principal ingrediente o endulzante sea la panela o mieles vírgenes, en cuya promoción se enfatice dicha característica, pueden acceder al descuento tributario establecido en el inciso primero del artículo 4o de la Ley 2005 de 2019, sin estar inscritos en el régimen simple de tributación, siempre y cuando se cumplan los demás requisitos establecidos en la ley.

Atentamente,

LILIANA ANDREA FORERO GÓMEZ

Directora de Gestión Jurídica

×