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CONCEPTO TRIBUTARIO 53537 DE 1999

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<Fuente: Archivo Dian>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -

9300029

Santafe de Bogotá,

Doctor

MARTHA LUCIA FERNANDEZ SARMIENTO

Carrera 30 # 63-A- 12

La Ciudad

REFERENCIA. Radicado 28324 mayo 5 de 1999.

TEMA: RETENCION EN LA FUENTE

Subtema: Disminución de la base / crédito a nombre de otro.

PROBLEMA JURIDICO:

Procede la deducción para calcular la base de retención en la fuente del asalariado que cancela los intereses de vivienda, no obstante que el crédito figura a favor de otros?.

TESIS JURIDICA

La disminución de la base de retención en la fuente se efectúa a favor del asalariado que figure en el respectivo certificado expedido por la entidad crediticia, el cual solo se otorga al titular o titulares del crédito.

INTERPRETACION JURIDICA:

El documento que permite al pagador disminuir válidamente de a base de retención en la fuente a un asalariado los intereses y corrección monetaria por créditos de vivienda, es el certificado expedido por la entidad crediticia que otorgó el préstamo de vivienda del trabajador, el cual se expide únicamente a favor del titular del respectivo crédito, ya que el beneficio previsto en el artículo 387 del Estatuto Tributario, es en virtud del préstamo de adquisición de vivienda, lo cual lleva implícito que sea éste, el beneficiario del crédito.

Ahora bien de conformidad con el artículo 8 del decreto 3750 de 1986, en el evento que el crédito haya sido otorgado a varias personas, en cuyo caso se aplicará proporcionalmente la deducción a cada uno de ellos, y si el crédito fuere otorgado a los dos cónyuges, la deducción podrá ser solicitada en su totalidad en cabeza de uno de ellos, siempre y cuando manifieste en su solicitud que el otro cónyuge no hace uso de este beneficio.

Cordialmente,

ELIZABETH ZARATE DE BERNAL

Delegado División Doctrina

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