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RESOLUCIÓN 000238 DE 2025

(diciembre 15)

Diario Oficial No. 53.338 de 17 de diciembre de 2025

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por medio de la cual, en desarrollo del artículo 868 del Estatuto Tributario, se sustituye el artículo 1.2.1 del Título 2 de la Parte 1 de la Resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Resolución número 000227 de 2025, para fijar el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable para el año 2026.

EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en uso de las facultades legales y en especial la dispuesta en el artículo 868 del Estatuto Tributario, y

CONSIDERANDO:

Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió la Resolución número 000227 de 2025, Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria, para compilar y racionalizar las normas que rigen el sector y contar con instrumentos jurídicos únicos vigente en los términos del artículo 65 del CPACA.

Que el Estatuto Tributario en su artículo 868 establece la Unidad de Valor Tributario UVT como la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Que la disposición que reglamenta el artículo 868 del Estatuto Tributario y que sustituye el artículo 1.2.1. de la Resolución número 000227 de 2025, Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria y que se retira para incorporar el artículo relacionado con los ajustes por el año gravable 2026, conserva su vigencia para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales y formales de los contribuyentes que les aplique esta Unidad de Valor Tributario (UVT).

Que la norma citada establece que el reajuste de la UVT se efectuará anualmente en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para ingresos medios en el periodo comprendido entre el 1 de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este, certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).

Que de conformidad con la Metodología General del Índice de Precios al Consumidor (IPC) vigente (documento con código: DSO-IPC-MET-001, Versión 7, de fecha 26 de diciembre de 2019, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE), el IPC de hogares de ingresos medios (con resultados hasta diciembre de 2018) es enlazable con los resultados del IPC para los hogares de ingresos de clase media, a partir de enero de 2019.

Que de acuerdo con la certificación número 205971 del 9 de octubre de 2025, recibida mediante Oficio número 202510079964 de la misma fecha, suscrito por el Coordinador GIT Información y Servicio al Ciudadano de la Dirección de Difusión y Cultura Estadística (DICE) del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), la variación del índice de precios al consumidor para "clase media" en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 1 de octubre de 2024, fue de 5.17%.

Que la Subdirectora de Estudios Económicos (a) de la Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica, mediante oficio número 100152176-0707 del 18 de noviembre de 2025, certificó el cálculo del valor actualizado de la Unidad de Valor Tributario (UVT) para el año 2026, en cincuenta y dos mil trescientos setenta y cuatro pesos ($52.374).

Que, por lo anterior, se hace necesario establecer mediante la presente resolución, el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT), que regirá para el año 2026, y sustituir el artículo 1.2.1. del Título 2 de la Parte 1 de la Resolución número 000227 de 2025.

Que el proyecto de resolución fue publicado en el sitio web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), dando cumplimiento al artículo 8o numeral 8 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con lo previsto en el numeral 1 del artículo 32 de la Resolución número 000091 de 2021, modificada por la Resolución número 000007 de 2025, con el objeto de recibir comentarios sobre el contenido, previamente a su expedición.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. SUSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 1.2.1. DEL TÍTULO 2 DE LA PARTE 1 DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO 000227 DE 2025, ÚNICA EN MATERIA TRIBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA. Sustitúyase el artículo 1.2.1. del Título 2 de la Parte 1 de la Resolución número 000227 de 2025, Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria, así:

"Artículo 1.2.1. Valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT). Fijar en cincuenta y dos mil trescientos setenta y cuatro pesos ($52.374) el valor de la Unidad de Valor Tributario -UVT que regirá durante el año 2026".

ARTÍCULO 2o. PUBLICACIÓN. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 65 del Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2025.

El Director General (e),

Carlos Emilio Betancourt Galeano002E

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