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RESOLUCIÓN 44 DE 2024

(marzo 14)

Diario Oficial No. 52.699 de 15 de marzo de 2024

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se prescribe el Formulario número 210 “Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes” para dar cumplimiento a las obligaciones tributarias por el año gravable 2023 y siguientes.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 8o del Decreto número 1742 de 2020 y los artículos 578, 579-2 y 596 del Estatuto Tributario, y

CONSIDERANDO:

Que el 13 de diciembre de 2022 se expidió la Ley 2277 “Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones”, la cual modificó el impuesto sobre la renta y complementario personas naturales y asimiladas de residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes.

Que el artículo 3o de la Ley 2277 de 2022 modificó el artículo 242 del Estatuto Tributario en lo referente a “Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por personas naturales residentes”.

Que el artículo 5o de la Ley 2277 de 2022 adicionó el artículo 254-1 al Estatuto Tributario “Descuento tributario determinado a partir de la renta liquida cedular de dividendos y participaciones de personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes”.

Que el artículo 7o de la mencionada ley modificó el artículo 336 del Estatuto Tributario, creando dos nuevas deducciones en el impuesto sobre la renta para personas naturales a partir del año gravable 2023; para las rentas de trabajo una deducción de setenta y dos (72) UVT por dependiente hasta un máximo de cuatro (4) dependientes y para la cedula general una deducción correspondiente al uno por ciento (1%) del valor de las adquisiciones, sin que exceda doscientas cuarenta (240) UVT en el respectivo año gravable.

Que el artículo 20 de la Ley 2277 de 2022 adicionó el artículo 244-1 al Estatuto Tributario por medio del cual los contribuyentes podrán realizar de manera libre un aporte voluntario, que se podrá liquidar como porcentaje del impuesto a pagar o como un valor en pesos.

Que el artículo 60 de la misma ley adicionó el artículo 336-1 al Estatuto Tributario en lo concerniente a “Estimación de costos y gastos para la cedula general de impuesto sobre la renta de personas naturales residentes”.

Que teniendo en cuenta los anteriores considerandos, se hace necesario prescribir un nuevo formulario para los contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementario personas naturales y asimiladas de residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes aplicable a partir del año gravable 2023 y siguientes.

Que en cumplimiento de lo previsto en el numeral 8 del artículo 8o del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. PRESCRIPCIÓN DEL FORMULARIO NÚMERO 210 "DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIO PERSONAS NATURALES Y ASIMILADAS RESIDENTES Y SUCESIONES ILÍQUIDAS DE CAUSANTES RESIDENTES". Prescribir el Formulario número 210 “Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes” para declarar y presentar el impuesto sobre la renta y complementario correspondiente al año gravable 2023 y siguientes, diseño que forma parte integral de la presente resolución.

PARÁGRAFO 1o. El formulario prescrito en este artículo es de uso obligatorio para las personas naturales y asimiladas con residencia fiscal en el país y para las sucesiones ilíquidas de causantes que en el momento de su muerte eran residentes fiscales en el país.

PARÁGRAFO 2o. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) pondrá a disposición el Formulario No. 210 en forma virtual en la página web www.dian.gov.co, para su diligenciamiento y presentación electrónica.

ARTÍCULO 2o. PUBLICACIÓN. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 14 de marzo de 2024.

El Director General,

Luis Carlos Reyes Hernández.

<Anexo publicado en el Diario Oficial>

<Consultar documento original en PDF directamente en el siguiente enlace:

https://normograma.com/documentospdf/PDF/R_DIAN_0044_2024.pdf

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