RESOLUCIÓN 29 DE 2022
(marzo 2)
Diario Oficial No. 51.965 de 3 de marzo de 2022
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS NACIONALES
Por la cual se prescribe el Formulario número 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones - Año Gravable 2021”.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN),
en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 2 del artículo 8o del Decreto 1742 de 2020, el artículo 378 del Estatuto Tributario, y
CONSIDERANDO:
Que se requiere prescribir para el año gravable 2021 el Formulario No. 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones - Año Gravable 2021”.
Que el artículo 378 del Estatuto Tributario establece que:
“Artículo 378. Por concepto de salarios. Los agentes de retención en la fuente deberán expedir anualmente a los asalariados, un Certificado de Ingresos y Retenciones correspondiente al año gravable inmediatamente anterior, según el formato que prescriba la Dirección General de Impuestos Nacionales.”
Que se hace necesario separar los conceptos referentes a las cesantías e intereses de cesantías efectivamente pagadas al empleado (casilla 46) y a las cesantías consignadas al fondo de cesantías (casilla 47), lo anterior en aplicación del numeral 3 al artículo 27 del Estatuto Tributario.
Que el proyecto de Resolución se publicó para comentarios de la ciudadanía en el sitio Web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) entre el 20 y el 29 de enero del año 2022, por el término de diez 10 días calendario en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011.
Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8o del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de Resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Prescripción del Formulario número 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones- Año Gravable 2021”. Prescribir el Formulario número 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones -Año Gravable 2021” diseño que forma parte integral de la presente Resolución.
El Formulario número 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones- Año Gravable 2021” a que se refiere este artículo podrá ser producido por las diferentes casas impresoras o diseñado por los empleadores o contratantes de servicios personales para ser expedido por computador, siempre y cuando se conserve la distribución y el contenido de la información exigida.
ARTÍCULO 2o. PUBLICACIÓN. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 2 de marzo de 2022.
El Director General,
Lisandro Manuel Junco Riveira