OFICIO 902611 DE 2020
(junio 24)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
100208221-754
RAD: 902611
Bogotá, D.C. 24/06/2020
Tema Impuesto sobre las ventas
Descriptores Exclusión de IVA en leasing o arrendamiento financiero
Fuentes formales Numeral 16 del artículo 467 del Estatuto Tributario
Cordial saludo,
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita: “(...) respetuosamente solicito su concepto y aclaración sobre el alcance de la disposición contenida en el numeral 16 del artículo 476, respecto de si la suscripción de un contrato de leasing financiero sobre un activo fijo realizado por una entidad que no se encuentra vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, a través de la modalidad de arrendamiento financiero (leasing) se encuentra o no excluida del IVA".
Sobre el particular, la Entidad se pronunció mediante el Oficio 026661 del 25 de octubre de 2019 y el Concepto 18910 del 23 de julio de 2019, los cuales se anexan para su conocimiento.
En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” -“técnica”-, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.
Atentamente,
PABLO EMILIO MENDOZA VELILLA
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina
Dirección de Gestión Jurídica