OFICIO 900406 DE 2022
(Enero 21)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Publicado en la página web de la DIAN: 09 de mayo de 2022>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
100208192-78
Bogotá, D.C. 21/01/2022
Tema | Impuesto sobre la renta y complementarios |
Descriptores | Retenciones en la fuente |
Fuentes formales | Artículos 127-1 y 401 del Estatuto Tributario Artículos 1.2.4.9.1., 1.2.4.9.2. y 1.2.1.17.5. del Decreto 1625 de 2016 |
Cordial salud
De conformidad con el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas generales que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia el peticionario presentas varias inquietudes particulares relacionadas con el régimen de retenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios respecto a la celebración de contratos de leasing y el eventual ejercicio de la opción de compra.
Ahora, se reitera que la competencia de este Despacho se circunscribe únicamente a la interpretación de la normativa tributaria, aduanera y cambiaria cuando existen razones para interpretar su alcance, por ello dichas facultades no pueden confundirse con el ejercicio de asesoría jurídica que pretende el consultante.
En ese sentido, teniendo en cuenta que las preguntas planteadas se encuentran dirigidas a indicar cuáles son las tarifas de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios aplicables a situaciones económicas concretas, se sugiere la revisión de las normas del Estatuto Tributario (particularmente el Libro II) y el Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria 1625 de 2016, puesto que éstas son claras sobre su alcance y aplicación.
Adicionalmente, en lo que atañe al régimen de retenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios, la operatividad de los contratos de leasing y la cesión de posiciones contractuales, este Despacho se ha pronunciado con anterioridad como se evidencia por medio de los Oficios 009679 de 2015, 020074 del 13 de agosto de 2019, 028235 de 2019, 023288 de 2019, 900621 de 2019, 005168 de 2020, 906051 - int 1287 de 2020, de los cuales se sugiere su lectura y se anexan para su consulta, puesto que allí se han dilucidado las cuestiones relativas a las preguntas planteadas por el peticionario.
Finalmente, respecto de la normativa relacionada con las inquietudes plasmadas, se sugiere de manera particular la lectura de los artículos 127-1 y el título I del Libro II del Estatuto Tributario en lo que atañe al tratamiento de los contratos de leasing para efectos del impuesto sobre la renta y el régimen de retenciones en la fuente.
En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” -“Doctrina”, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.
Atentamente,
NICOLÁS BERNAL ABELLA
Subdirector de Normativa y Doctrina (E)
Dirección de Gestión Jurídica