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OFICIO 80845 DE 2012

(diciembre 28)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS NACIONALES – DIAN

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA

Bogotá, D.C. 28 DIC. 2012

Oficio No. 100208221-

Señor

JOSE ALEJANDRO MORA GUERRERO

Jefe División Gestión Jurídica

Director Seccional de impuestos de Bogotá

Carrera 6 No. 15- 32 Antiguo BCH

Bogotá

Ref.: Radicado 0030 del 05/12/2012

Atento saludo, doctor Mora:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 del 21 de agosto de 2009, la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina está facultada para absolver de manera general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, en materia aduanera o de comercio exterior, en lo de competencia de la DIAN, razón por la cual su petición se absolverá en el marco de la citada competencia.

Solicita usted la definición del procedimiento a seguir al interior de la entidad al momento de aplicar la notificación por edicto ordenada en el artículo 565 del Estatuto Tributario, en cuanto a la forma, oportunidad y términos del edicto.

Sobre el particular, le informo que la Ley 1607 del 26 de diciembre de 2012, en su artículo 135 adicionó el artículo 565 del E.T. estableciendo un término de diez (10) días para la fijación del edicto.

En los anteriores términos se resuelve su consulta y le informamos a consultar la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias en la página electrónica de la DIAN: www.dian.qov.co http://www.dian.gov.co

Atentamente,

LEONOR EUGENIA RUIZ DE VILLALOBOS

Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina (E)

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