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OFICIO 62204 DE 2011

(agosto 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN

DIRECCIÓN DE GESTIÓN JURÍDICA

Bogotá, D.C. 18 AGO. 2011

100202208-00 723

Doctor

ABELARDO QUINTERO RENDÓN

Director Seccional de Aduanas

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Avenida Carrera 68 No. 19- 81

Bogotá D.C.

Ref.: Solicitud radicado número 53962 de 15/06/2011.

Tema:Procedimiento Cambiario
Descriptores:Conteo de Términos - Traslado Formulación de Cargos.
Fuentes Formales:Decreto 2245 de 2011. Art. 21. CRPM. Art. 62.

Cordial saludo Dr. Quintero.

De conformidad con el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 de 2009, este despacho es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras o de comercio exterior y control cambiario en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Consulta sobre la forma de contar el término de traslado a los presuntos infractores cambiarios del acto de formulación de cargos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 1092 de 1996.

Como es de su conocimiento el Decreto 1092 de 1996 fue derogado expresamente por el Decreto 2245 de 2011. Este Decreto en el artículo 20 establece el momento a partir del cual se cuentan los términos para el traslado del acto de formulación de cargos a los presuntos infractores.

De igual forma para el cómputo de términos deberá acudirse a las reglas establecidas en el artículo 62 del Código de Régimen Político y Municipal, el cual se transcribe para su inmediata referencia:

"En los plazos de días que se señalen en las leyes y actos oficiales, se entienden suprimidos los feriados y de vacantes, a menos de expresarse lo contrario. Los de meses y años se computan según el calendario; pero si el último día fuere feriado o de vacante, se extenderá el plazo hasta el primer día hábil."

En estos términos se resuelve su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: www.dian.qov.co siguiendo los iconos: "Normatividad" - "técnica" y seleccionando los vínculos "Doctrina" y "Dirección de Gestión Jurídica.

Atentamente,

ISABEL CRISTINA GARCÉS SÁNCHEZ

Directora de Gestión Jurídica (E)

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