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OFICIO 6004 DE 2017

(marzo 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

100208221- 000447

Ref.: Radicado 100007779 del 17/02/2017
Tema:Impuesto a las ventas
DescriptoresResponsables en la Venta de Productos Derivados del Petróleo
Fuentes formales:Artículo 181 de la Ley 1819 de 2016.

Cordial saludo,

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, es función de esta Subdirección absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la entidad.

Consulta usted sobre el tratamiento tributario en virtud de la reforma que sufrió el artículo 444 del Estatuto Tributario por el artículo 181 de la Ley 1819 de 2016 que consagra la responsabilidad en el IVA en la venta de los derivados del petróleo.

Teniendo en cuenta que la modificación incluye la adición de nuevos responsables dentro de otro ciclo económico y la regulación existente, específicamente el Decreto 4299 de 2005 solo define los nuevos responsables como distribuidores mayoristas y comercializadores industriales respecto de los combustibles líquidos derivados del petróleo y no respecto de los demás derivados de petróleo, se hace indispensable un decreto reglamentario de la materia.

En consecuencia, este Despacho sólo hasta que se expida el respectivo Decreto Reglamentario procederá a la interpretación sobre la aplicación del mismo.

Finalmente, le informamos que puede consultar la base de conceptos expedidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en su página de INTERNET, www.dian.gov. <http./(dian.gov.co>, ingresando por el icono de “Normatividad” – “técnica”, dando clic en el link “Doctrina” Oficina Jurídica.

Atentamente,

PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina

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