OFICIO TRIBUTARIO 47306 DE 2005
(Julio 14)
<Fuente: Archivo Dian>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -
SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
CODIGO CIVIL ART. 1147
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 11
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0572
Requiere usted en su escrito se conceptúe si los donatarios o asignatarios a que se refiere el artículo 11 del Estatuto Tributario, están o no sometidos al impuesto de renta y complementarios de acuerdo al régimen impositivo de las personas naturales.
Dispone el artículo 11 del Estatuto Tributario, que tratándose de donaciones o asignaciones modales, los bienes destinados a fines especiales, están sometidos al impuesto sobre la renta y complementarios de acuerdo con el régimen impositivo de las personas naturales, excepto cuando los donatarios o asignatarios los usufructúen personalmente, en cuyo caso los bienes, rentas y ganancias ocasionales se gravan en cabeza de quienes los hayan recibido.
Las asignaciones modales, corresponden conforme el artículo 1147 del Código Civil, a la asignación de algo a alguna persona para que lo tenga como suyo, con la obligación de aplicarlo a un fin especial, como el de hacer algo o sujetarse a cierta carga, aplicación que constituye un modo y no una condición suspensiva.
Significa lo anterior que los bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones o asignaciones modales, constituyen sujetos pasivos del impuesto sobre la renta y complementarios previsto para las personas naturales. En efecto, el artículo 572 del Estatuto Tributario en el literal f) dispone que deben cumplir los deberes formales de sus representados: Los donatarios o asignatarios por las respectivas donaciones o asignaciones modales.
Ahora bien, cuando los donatarios usufructúen los bienes y rentas se gravan en cabeza de éstos. Luego cuando el artículo 11 del Estatuto Tributario, se refiere a que:... excepto cuando los donatarios o asignatarios los usufructúen personalmente, está haciendo referencia que en este último caso el sujeto pasivo es el donatario.