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OFICIO 27476 DE 2018

(septiembre 24)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

<NOTA DE VIGENCIA: Consultar  el Oficio 6182 de 2018 mediante el cual se aclara el presente oficio>

Bogotá, D.C.

Ref.: Radicado 100033864 del 16/05/2018

Cordial saludo,

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 es función de ésta Subdirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la Entidad.

Pregunta usted:

¿Es un hecho generador del impuesto sobre las ventas el servicio de recolección de llantas usadas?

En primer lugar, el numeral c) del artículo 420 del Estatuto Tributario establece como hecho generador del impuesto sobre las ventas:

“Art. 420. Hechos sobre los que recae el impuesto. El impuesto s las venias se aplicará sobre:

(...)

c) La prestación de servicios en el territorio nacional, o desde el exterior, con excepción de los expresamente excluidos. (...)”

Por lo anterior, y teniendo en cuenta que en la consultas establece que es una prestación de servicios, la actividad de recolección de llantas usadas estaría gravada con el impuesto sobre la renta.

Para efectos de que dicho servicio sea considerado como excluido, se deberá observar el artículo 476 del Estatuto Tributario donde se determinan los servicios excluidos del impuesto sobre las ventas. Sobre el particular, es necesario aclarar que las exenciones, exclusiones y beneficios tributarios son de interpretación restrictiva.

En los anteriores términos se resuelve su consulta.

Cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, corno los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.gov.co siguiendo los iconos: “Normatividad” - "Técnica” y seleccionando los vínculos “doctrina” y "Dirección de Gestión Jurídica”.

Atentamente,

LORENZO CASTILLO BARVO

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)

Dirección de Gestión Jurídica

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