OFICIO 17443 DE 2011
(marzo 10)
Diario Oficial No. 48.013 de 16 de marzo de 2011
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
DIRECCIÓN DE GESTIÓN JURÍDICA
1002002208 039
Bogotá, D. C., marzo 10 de 2011
Señor
ÓSCAR JULIÁN CUERVO CASAS
Gerencia de Casualty & Cumplimiento
Aseguradora Colseguros S. A.
Carrera 13 A N° 29-24 Piso 17
Bogotá, D. C.
Referencia: Oficio 013075 de 24/02/2011.
Atento saludo, señor Cuervo:
En relación con el oficio de la referencia emitido por esta Subdirección en respuesta a su consulta Radicada número 2791 del 13-01-2011, comedidamente nos permitimos efectuar una corrección al mismo así: El valor señalado en el numeral tercero, párrafo tercero de la página tres, con el cual se cuantifica los diez mil (10.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, correspondientes al límite asegurable de que trata el inciso primero del artículo 860 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 18 de la Ley 1430 de 2010, es de $5.356.000.000 para el año 2011 y no de $5.356.000 como aparece en el oficio mencionado.
Cordialmente,
La Subdirectora de Gestión de Normativa y Doctrina (E), Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,
YOLANDA GRANADOS PICON.