OFICIO 12343 DE 2015
(abril 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN
SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA
Bogotá, D.C., 29 ABR. 2015
100208221- 000601
Ref.: Radicado 010952 del 18/03/2015
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 es función de ésta Subdirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la Entidad.
Mediante el radicado de la referencia consulta si con ocasión de la expedición de la Ley 1739 de 2014, de manera particular su artículo 28, para el año gravable 2015 y siguientes la tarifa de retención en la fuente que debe aplicarse sobre los pagos efectuados al exterior de que trata los artículos 408, 410, y 411 del Estatuto Tributario es del 33%. Como fundamento de su petición manifiesta que la intención del legislador en esta oportunidad no fue modificar en forma simétrica tanto la de renta como de retención en la fuente y trae a colación las modificaciones que sobre el particular trajeron las leyes 223 de 1995 y 1111 de 2006, para indicar que en estos casos sí se expidieron normas con esta finalidad.
Sobre el particular, este despacho señala que el mismo problema jurídico fue absuelto mediante oficio No. 011676 del 23 de abril de 2015 del cual se acompaña copia.
En los anteriores términos se resuelve su consulta.
Cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.gov.co siguiendo los iconos: “Normatividad” - “Técnica” y seleccionando los vínculos “doctrina” y “Dirección de Gestión Jurídica”.
Atentamente,
YUMER YOEL AGUILAR VARGAS
Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina