DECRETO 406 DE 1993
(marzo 3)
Diario Oficial No. 40.777, del 4 de marzo de 1993
por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
en uso de sus facultades constitucionales y legales
y en especial de la que le confiere el numeral 11
del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
ARTICULO 1o. <Artículo compilado en el artículo 1.2.1.18.7 del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016. Debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el artículo 3.2.1.1 del mismo Decreto 1625 de 2016> "Maquinaria y equipo" en los contratos de Leasing.
Para los efectos del contrato de arrendamiento financiero (leasing), se entiende por "maquinaria y equipo", los activos, instalaciones y montajes, y demás servicios incorporados a ellos, que permitan desarrollar una actividad de producción o la explotación de un recurso mineral.
ARTICULO 2o. VIGENCIA. El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 3 de marzo de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.