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CONCEPTO 95408 DE 1996

(diciembre 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Unidad Informática de Doctrina

Area del Derecho

Tributario

Banco de Datos

Procedimiento Tributario

Problema JurídicoSE DEBEN CUMPLIR LOS REQUISITOS EXIGIDOS PARA LA FACTURA EN EL CASO DE DONACIONES DE ENTIDADES PRIVADAS PARA FUNDACIONES SIN ANIMO DE LUCRO?
Tesis JurídicaNO SE REQUIERE EXPEDIR FACTURA O DOCUMENTO EQUIVALENTE POR DONACIONES REALIZADAS.

PERSONAS NO OBLIGADAS A EXPEDIR FACTURA

ESTATUTO TRIBUTARIO ART. 615

De conformidad con el artículo 615 del E.T. deben expedir factura o documento equivalente los comerciantes, quienes ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a éstas o enajenen bienes producto de la actividad agropecuaria.

La factura de venta o documento equivalente se expide en las operaciones que realicen los comerciantes, importadores o prestadores de servicios o en las ventas o consumidores finales.

Entre los requisitos que debe contener la factura está la de consignar el valor total de la operación y la descripción específica o genérica de los artículos vendidos o de los servicios prestados.

De las disposiciones citadas se infiere que la factura tiene como origen la realización de operaciones económicas tales como la venta de bienes y la prestación de servicios.

Así las cosas, teniendo en cuenta que la donación consiste en un acto por medio del cual una persona transfiere gratuita e irrevocablemente una parte de los bienes a otra personas que los acepta, artículo 1443 del C.C., se sustrae de la obligación de expedir factura.  Sin embargo, para reconocer como deducción las donaciones efectuadas, se requiere que la entidad donataria expida una certificación firmada por revisor fiscal o contador público, en donde conste la forma y el monto de la donación, así como el cumplimiento de las condiciones señaladas en ley en los artículos 125 y siguientes del E.T.

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