CONCEPTO TRIBUTARIO 8240 DE 2001
(Febrero 7)
<Fuente: Archivo Dian>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN -
TEMA
DEDUCCIÓN DE PREMIOS.
PROBLEMA JURÍDICO
¿Es deducible el valor de un premio sorteado entre los compradores de una empresa que presta servicios?
TESIS JURÍDICA
NO ES DEDUCIBLE EL VALOR DE LOS PREMIOS SORTEADOS ENTRE LOS CLIENTES EN LA MEDIDA EN QUE SI BIEN ES CIERTO EL GASTO ES ÚTIL NO ES NECESARIO.
INTERPRETACION JURÍDICA
Son deducibles gastos, que entre otros requisitos sean necesarios.
La necesidad se mira con criterio comercial es decir se tiene en cuenta lo comúnmente utilizado por personas que se encuentran dentro de las mismas condiciones. Si se observa la generalidad de personas dentro de las mismas condiciones no utilizan los mismos mecanismos aunque no se discute que sea útil. No es de uso común y corriente el que todos los comerciantes realicen rifas entre los clientes por lo cual no se considera necesario el desembolso del valor de premios. En esta forma no son deducibles conceptos que entre otros requisitos no sean necesarios.
PROBLEMA JURÍDICO
¿Es impuesto descontable el impuesto sobre las ventas generado en la entrega de premios?
TESIS JURÍDICA
NO ES DESCONTABLE EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS PAGADO EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES PARA RIFAR.
INTERPRETACIÓN JURÍDICA
De conformidad con el artículo 485 del Estatuto Tributario es descontable el impuesto sobre las ventas facturado al responsable por la adquisición de bienes corporales muebles y servicios, hasta el lí mite que resulte de aplicar al valor de la operación que conste en las respectivas facturas o documentos equivalentes, la tarifa del impuesto a la que estuvieren sujetas las operaciones correspondientes; la parte que exceda de este porcentaje constituirá un mayor valor del costo o del gasto respectivo.
De otro lado es computable como costo o gasto, en el impuesto sobre la renta, las erogaciones que sean necesarias con la actividad productora de renta.
Así las cosas, es descontable en el impuesto sobre las ventas, el impuesto pagado en la adquisición de bienes que constituyen costo o gasto en el impuesto sobre la renta. Así las cosas, dado que la entrega de premios no es un gasto necesario para el desarrollo social de la empresa, tampoco es descontable el impuesto sobre las ventas pagado en la adquisición de los bienes entregados como premio.
CBPP